{"id":13593,"date":"2017-01-23T10:53:02","date_gmt":"2017-01-23T15:53:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.edugestores.pe\/?p=13593"},"modified":"2017-01-30T18:03:54","modified_gmt":"2017-01-30T23:03:54","slug":"minedu-publico-norma-tecnica-r-s-g-no-018-2017-minedu-norma-que-regula-los-concursos-publicos-de-nombramiento-docente-y-de-contratacion-docente-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.edugestores.pe\/?p=13593","title":{"rendered":"MINEDU Public\u00f3 Norma T\u00e9cnica R.S.G. N\u00ba 018-2017-MINEDU \u00abNorma que regula los Concursos P\u00fablicos de Nombramiento Docente y de Contrataci\u00f3n Docente 2017\u00bb"},"content":{"rendered":"<p><center><a href=\"https:\/\/www.edugestores.pe\/docs\/resolucion-de-secretaria-general-no-018-2017-minedu\/\">DESCARGAR NORMA T\u00c9CNICA R.S.G. N\u00ba 018-2017-MINEDU .PDF<\/a><\/center><center><\/center><center><b>MINISTERIO DE EDUCACI\u00d3N<\/b><b><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2017\/01\/rs-g-018-2017-minedu-aprueban-norma-tecnica-denominada-norma-que-regula-concursos-113575.html\" target=\"_blank\">Aprueban la Norma T\u00e9cnica denominada &#8220;Norma que regula los Concursos P\u00fablicos de Ingreso a la Carrera P\u00fablica Magisterial y de Contrataci\u00f3n Docente en instituciones educativas p\u00fablicas de Educaci\u00f3n B\u00e1sica 2017&#8221;<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2017\/01\/rs-g-018-2017-minedu-aprueban-norma-tecnica-denominada-norma-que-regula-concursos-113575.html\" target=\"_blank\">RESOLUCI\u00d3N DE SECRETAR\u00cdA GENERAL N\u00ba 018-2017-MINEDU<\/a><\/b><\/center><br \/>\nLima, 20 de enero de 2017<\/p>\n<p>Vistos, el Expediente 0006049-2017, los Informes N\u00ba 03-2017-MINEDU\/VMGP-DIGEDD-DIED y N\u00b0 06-2017-MINEDU\/VMGP-DIGEDD-DIED de la Direcci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n Docente de la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Docente, el Informe N\u00b0 060-2017-MINEDU\/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesor\u00eda Jur\u00eddica, y;<\/p>\n<p><b>CONSIDERANDO:<\/b><\/p>\n<p>Que, el art\u00edculo 79 de la Ley N\u00ba 28044, Ley General de Educaci\u00f3n, establece que el Ministerio de Educaci\u00f3n es el \u00f3rgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la pol\u00edtica de educaci\u00f3n, cultura, recreaci\u00f3n y deporte, en concordancia con la pol\u00edtica general del Estado;<\/p>\n<p>Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del art\u00edculo 80 de la precitada Ley, es funci\u00f3n del Ministerio de Educaci\u00f3n definir las pol\u00edticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/carrera-publica-magisterial\/\" target=\"_blank\">carrera p\u00fablica magisterial<\/a>;<\/p>\n<p>Que, el art\u00edculo 15 de la <a href=\"http:\/\/www.leydereformamagisterial.com\/\" target=\"_blank\">Ley N\u00b0 29944<\/a>, <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/ley-de-reforma-magisterial\/\" target=\"_blank\">Ley de Reforma Magisterial<\/a>, se\u00f1ala que el <a href=\"http:\/\/www.educacionenred.pe\/\">Ministerio de Educaci\u00f3n<\/a> establece la pol\u00edtica y las normas de <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/evaluacion-docente\/\" target=\"_blank\">evaluaci\u00f3n docente<\/a>, y formula los indicadores e instrumentos de evaluaci\u00f3n; y en coordinaci\u00f3n con los gobiernos regionales, es responsable de dise\u00f1ar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera p\u00fablica magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;<\/p>\n<p>Que, de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 19 de la referida Ley, el Ministerio de Educaci\u00f3n autoriza, cada dos a\u00f1os, la convocatoria para el concurso p\u00fablico de ingreso a la carrera p\u00fablica magisterial;<\/p>\n<p>Que, el art\u00edculo 76 de la Ley de Reforma Magisterial se\u00f1ala, que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas v\u00eda concurso p\u00fablico de contrataci\u00f3n docente;<\/p>\n<p>Que, el art\u00edculo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2013\/05\/ds-004-2013-ed-aprueban-reglamento-ley-29944-ley-reforma-magisterial-pdf-minedu-036356.html\">Decreto Supremo N\u00ba 004-2013-ED<\/a>, establece que el Ministerio de Educaci\u00f3n emitir\u00e1 las normas de procedimiento para contrataci\u00f3n de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gesti\u00f3n educativa descentralizada;<\/p>\n<p>Que, a trav\u00e9s del Oficio N\u00b0 042-2017-MINEDU\/VMGP-DIGEDD, la Directora General (e) de la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Docente remiti\u00f3 al Despacho Viceministerial de Gesti\u00f3n Pedag\u00f3gica el Informe N\u00b0 03-2017-MINEDU\/VMGP-DIGEDD-DIED, el que fue complementado por el Informe N\u00b0 06-2017-MINEDU\/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborados por la Direcci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n Docente, con los cuales se sustenta la necesidad de que, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, se apruebe la norma t\u00e9cnica que regule la organizaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los concursos p\u00fablicos de ingreso a la carrera p\u00fablica magisterial y de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica a realizarse en el presente a\u00f1o;<\/p>\n<p>Que, de acuerdo al literal g) del art\u00edculo 2 de la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00ba 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educaci\u00f3n delega en el Secretario General del Ministerio de Educaci\u00f3n, durante el A\u00f1o Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el \u00e1mbito de competencia del despacho ministerial;<\/p>\n<p>De conformidad con el Decreto Ley N\u00ba 25762, Ley Org\u00e1nica del Ministerio de Educaci\u00f3n, modificado por la Ley N\u00ba 26510; la Ley N\u00b0 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N\u00ba 004-2013-ED; el Reglamento de Organizaci\u00f3n y Funciones del Ministerio de Educaci\u00f3n, aprobado con Decreto Supremo N\u00ba 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 002-2017-MINEDU;<\/p>\n<p><b>SE RESUELVE:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1.-<\/b> Aprobar la Norma T\u00e9cnica denominada &#8220;<b>Norma que regula los Concursos P\u00fablicos de Ingreso a la Carrera P\u00fablica Magisterial y de Contrataci\u00f3n Docente en instituciones educativas p\u00fablicas de Educaci\u00f3n B\u00e1sica 2017<\/b>&#8220;, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 2.-<\/b> Encargar el cumplimiento de la presente Norma T\u00e9cnica a la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gesti\u00f3n Pedag\u00f3gica del Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 3.-<\/b> Disponer la publicaci\u00f3n de la presente Resoluci\u00f3n y su Anexo, en el <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2014\/04\/que-es-sije-sistema-informacion-juridica-ministerio-educacion-minedu-minedu-gob-052054.html\">Sistema de Informaci\u00f3n Jur\u00eddica de Educaci\u00f3n &#8211; SIJE<\/a>, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educaci\u00f3n (<a href=\"http:\/\/wwe.educacionenred.pe\/?i=http:\/\/www.minedu.gob.pe\/\" target=\"_blank\">www.minedu.gob.pe<\/a>), el mismo d\u00eda de la publicaci\u00f3n de la presente Resoluci\u00f3n en el <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/p\/normas-legales-el-peruano.html\" target=\"_blank\">Diario Oficial &#8220;El Peruano&#8221;<\/a>.<\/p>\n<p>Reg\u00edstrese, comun\u00edquese y publ\u00edquese.<\/p>\n<p>JOS\u00c9 CARLOS CH\u00c1VEZ CUENTAS<br \/>\nSecretario General<\/p>\n<p><center><b><a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2017\/01\/rs-g-018-2017-minedu-aprueban-norma-tecnica-denominada-norma-que-regula-concursos-113575.html\">NORMA QUE REGULA LOS CONCURSOS P\u00daBLICOS DE INGRESO A LA CARRERA P\u00daBLICA MAGISTERIAL Y DE CONTRATACI\u00d3N DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS P\u00daBLICAS DE EDUCACI\u00d3N B\u00c1SICA &#8211; 2017<\/a><br \/>\n<a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2017\/01\/rs-g-018-2017-minedu-aprueban-norma-tecnica-denominada-norma-que-regula-concursos-113575.html\" target=\"_blank\">R. S. G. N\u00ba 018-2017-MINEDU<\/a><\/b><\/center><br \/>\n<b>1. FINALIDAD<\/b><\/p>\n<p>Establecer las disposiciones que regulan los concursos p\u00fablicos de ingreso a la Carrera P\u00fablica Magisterial y de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica, a realizarse el a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p><b>2. OBJETIVOS<\/b><\/p>\n<p>&#8211; Establecer criterios t\u00e9cnicos y procedimientos para la organizaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los concursos p\u00fablicos de ingreso a la Carrera P\u00fablica Magisterial y de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica, a realizarse el a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p>&#8211; Cautelar el desarrollo de un proceso de selecci\u00f3n de personal docente que asegure transparencia e igualdad de condiciones a los postulantes; as\u00ed como, el cumplimiento de las disposiciones legales, presupu\u00e9stales y administrativas relacionadas al nombramiento y la contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica.<\/p>\n<p>&#8211; Fortalecer y mejorar la calidad del servicio prestado en las instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica a trav\u00e9s del nombramiento en la primera escala de la Carrera P\u00fablica Magisterial de aquellos profesionales de la educaci\u00f3n que cumplan los est\u00e1ndares de evaluaci\u00f3n establecidos.<\/p>\n<p>&#8211; Fortalecer y mejorar la calidad del servicio provisto en las instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica a trav\u00e9s de un proceso de contrataci\u00f3n docente que mediante una evaluaci\u00f3n objetiva permita seleccionara las postulantes con mejores puntajes en la evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>3. ALCANCES<\/b><\/p>\n<p>3.1 Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>3.2<\/b> Direcciones Regionales de Educaci\u00f3n o las que hagan sus veces.<\/p>\n<p><b>3.3<\/b> Unidades de Gesti\u00f3n Educativa Local.<\/p>\n<p><b>3.4<\/b> Instituciones educativas p\u00fablicas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio, de educaci\u00f3n b\u00e1sica.<\/p>\n<p><b>4. BASE NORMATIVA<\/b><\/p>\n<p><b>4.1<\/b> Decreto Ley N\u00b0 25762, Ley Org\u00e1nica del Ministerio de Educaci\u00f3n y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.2<\/b> Decreto Ley N\u00b0 23211, Acuerdo entre la Santa Sede y la Rep\u00fablica del Per\u00fa.<\/p>\n<p><b>4.3<\/b> Decreto Legislativo N\u00b0 1246, que aprueba diversas medidas de simplificaci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p><b>4.4<\/b> Ley N\u00b0 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.5<\/b> Ley N\u00b0 27674, Ley que establece el acceso de deportistas de alto nivel a la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p><b>4.6<\/b> Ley N\u00b0 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p><b>4.7<\/b> Ley N\u00b0 27867, Ley Org\u00e1nica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.8<\/b> Ley N\u00b0 28044, Ley General de Educaci\u00f3n y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.9<\/b> Ley N\u00b0 29733, Ley de protecci\u00f3n de datos personales<\/p>\n<p><b>4.10<\/b> Ley N\u00b0 29944, <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/ley-de-reforma-magisterial\/\" target=\"_blank\">Ley de Reforma Magisterial<\/a> y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.11<\/b> Ley N\u00b0 29248, Ley del Servicio Militar.<\/p>\n<p><b>4.12<\/b> Ley N\u00b0 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.13<\/b> Ley N\u00b0 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo, de instituciones educativas p\u00fablicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apolog\u00eda del terrorismo, delitos de violaci\u00f3n sexual y delitos de tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas, crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apolog\u00eda del terrorismo, delitos de violaci\u00f3n de la libertad sexual y tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas y modifica los art\u00edculos 36 y 38 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p><b>4.14<\/b> <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2016\/12\/ley-30518-ley-presupuesto-sector-publico-ano-fiscal-2017-pdf-congreso-gob-pe-109949.html\">Ley N\u00b0 30518, Ley de Presupuesto del Sector P\u00fablico para el a\u00f1o fiscal 2017<\/a>.<\/p>\n<p><b>4.15<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.16<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 089-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N\u00b0 27674, Ley que establece el acceso de Deportistas de Alto Nivel a la Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p><b>4.17<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Educaci\u00f3n, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.18<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 072-2012-PCM, norma que aprueba el C\u00f3digo de Buenas Pr\u00e1cticas Estad\u00edsticas del Per\u00fa.<\/p>\n<p><b>4.19<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 003-2013-JUS, que aprueba el Reglamento de la de la Ley N\u00b0 29733, Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales.<\/p>\n<p><b>4.20<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.21<\/b> <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/2013\/05\/ds-004-2013-ed-aprueban-reglamento-ley-29944-ley-reforma-magisterial-pdf-minedu-036356.html\">Decreto Supremo N\u00b0 003-2013-ED<\/a>, que aprueba el Reglamento de la Ley N\u00b0 29248, Ley del Servicio Militar, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.22<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N\u00b0 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>4.23<\/b> Decreto Supremo N\u00b0 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organizaci\u00f3n y Funciones del Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>4.24<\/b> Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 483-89-ED, que aprueba el Reglamento de Centros Educativos de Acci\u00f3n Conjunta Iglesia Cat\u00f3lica &#8211; Estado Peruano.<\/p>\n<p><b>4.25<\/b> Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 630-2013-ED, que crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educaci\u00f3n Intercultural Biling\u00fce, de Instituciones Educativas de Educaci\u00f3n Intercultural y el Registro Nacional de Docentes Biling\u00fces de Lenguas Originarias del Per\u00fa.<\/p>\n<p><b>4.26<\/b> Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 563-2015-MINEDU, que aprueba el instructivo del Sistema de Escalaf\u00f3n Magisterial.<\/p>\n<p>Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 069-2016-MINEDU, que aprueba padrones de instituciones educativas p\u00fablicas<\/p>\n<p><b>5. DISPOSICIONES GENERALES<\/b><\/p>\n<p>En el caso de las II.EE. que dependen directamente de la DRE, esta asume las funciones y responsabilidades asignadas a la-UGEL por la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>5.1 SIGLAS Y T\u00c9RMINOS:<\/b> Para efectos de la presente Norma T\u00e9cnica se entiende por:<\/p>\n<p><b>5.1.1<\/b> A\u00f1o lectivo: Per\u00edodo en que se desarrollan las clases escolares dentro un a\u00f1o calendario en II.EE. p\u00fablica o privada de educaci\u00f3n b\u00e1sica.<\/p>\n<p><b>5.1.2<\/b> Concursos: Concursos p\u00fablicos de ingreso a la <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/carrera-publica-magisterial\/\">Carrera P\u00fablica Magisterial<\/a> y de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio de educaci\u00f3n b\u00e1sica.<\/p>\n<p><b>5.1.3<\/b> Concurso de Nombramiento: Concurso p\u00fablico de ingreso a la primera escala magisterial de la Carrera P\u00fablica Magisterial en instituciones educativas p\u00fablicas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio de educaci\u00f3n b\u00e1sica, a realizarse el a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p><b>5.1.4<\/b> Concurso de Contrataci\u00f3n Docente: Concurso p\u00fablico de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio de educaci\u00f3n b\u00e1sica.<\/p>\n<p><b>5.1.5<\/b> CONEI: Consejo Educativo Institucional.<\/p>\n<p><b>5.1.6<\/b> COPARE: Consejo Participativo Regional de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.1.7<\/b> CTA: Ciencia, Tecnolog\u00eda y Ambiente.<\/p>\n<p><b>5.1.8<\/b> DIGEIBIRA: Direcci\u00f3n General de Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, Intercultural Biling\u00fce y de Servicios Educativos en el \u00c1mbito Rural.<\/p>\n<p><b>5.1.9<\/b> DITEN: Direcci\u00f3n T\u00e9cnico Normativa de Docentes.<\/p>\n<p><b>5.1.10<\/b> DRE: Direcci\u00f3n Regional de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.1.11<\/b> EBA: Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa.<\/p>\n<p><b>5.1.12<\/b> EBE: Educaci\u00f3n B\u00e1sica Especial.<\/p>\n<p><b>5.1.13<\/b> EBR: Educaci\u00f3n B\u00e1sica Regular.<\/p>\n<p><b>5.1.14<\/b> EIB: Educaci\u00f3n Intercultural Biling\u00fce.<\/p>\n<p><b>5.1.15<\/b> GRE: Gerencia Regional de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.1.16<\/b> IE: Instituci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p><b>5.1.17<\/b> II.EE.: Instituciones educativas.<\/p>\n<p><b>5.1.18<\/b> II.EE. EIB: Instituciones educativas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio de educaci\u00f3n b\u00e1sica registradas por el Ministerio de Educaci\u00f3n como instituciones educativas de Educaci\u00f3n Intercultural Biling\u00fce.<\/p>\n<p><b>5.1.19<\/b> IGED: Instancias de Gesti\u00f3n Educativa Descentralizada del Gobierno Regional: DRE, UGEL e ll.EE.<\/p>\n<p><b>5.1.20<\/b> LRM: <a href=\"http:\/\/www.leydereformamagisterial.com\/\" target=\"_blank\">Ley N\u00b0 29944<\/a>, <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/search\/label\/ley-de-reforma-magisterial\/\">Ley de Reforma Magisterial<\/a>.<\/p>\n<p><b>5.1.21<\/b> MBDD: Marco del Buen Desempe\u00f1o Docente.<\/p>\n<p><b>5.1.22<\/b> Minedu: Ministerio de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.1.23<\/b> ODEC: Oficina Diocesana de Educaci\u00f3n Cat\u00f3lica.<\/p>\n<p><b>5.1.24<\/b> ONDEC: Oficina Nacional de Educaci\u00f3n Cat\u00f3lica.<\/p>\n<p><b>5.1.25<\/b> Portal institucional del Minedu: Direcci\u00f3n electr\u00f3nica <a href=\"http:\/\/wwe.educacionenred.pe\/?i=http:\/\/www.minedu.gob.pe\/\" target=\"_blank\">www.minedu.qob.pe<\/a>.<\/p>\n<p><b>5.1.26<\/b> PRONOEI: Programa No Escolarizado de Educaci\u00f3n Inicial.<\/p>\n<p><b>5.1.27<\/b> Reglamento: Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N\u00b0 004-2013-ED, y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>5.1.28<\/b> <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/p\/directorio-minedu-dre-gre-ugel.html\" target=\"_blank\">UGEL<\/a>: <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/p\/directorio-minedu-dre-gre-ugel.html\">Unidad de Gesti\u00f3n Educativa Local<\/a>.<\/p>\n<p><b>5.2 PLAZAS EN CONCURSO<\/b><\/p>\n<p><b>5.2.1<\/b> Los concursos comprenden plazas org\u00e1nicas vacantes del cargo de profesor de ll.EE. p\u00fablicas de gesti\u00f3n directa y de gesti\u00f3n privada por convenio de educaci\u00f3n b\u00e1sica. Todas las plazas en concurso cuentan con financiamiento y c\u00f3digo de plaza generado en el Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS.<\/p>\n<p><b>5.2.2<\/b> No forman parte de los concursos las plazas vacantes de profesores de las ll.EE. fiscalizadas.<\/p>\n<p><b>5.2.3<\/b> Las <a href=\"http:\/\/noticia.educacionenred.pe\/p\/directorio-minedu-dre-gre-ugel.html\">DRE y UGEL<\/a> deben actualizar a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, las plazas org\u00e1nicas vacantes de profesor de las ll.EE. bajo su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.2.4<\/b> La relaci\u00f3n consolidada de plazas org\u00e1nicas vacantes elegibles en cada concurso es publicada por el Minedu en su portal institucional, y difundida por los Gobiernos Regionales y sus IGED a trav\u00e9s de sus portales institucionales y otros medios de comunicaci\u00f3n masiva a su alcance.<\/p>\n<p><b>5.2.5<\/b> Las plazas org\u00e1nicas vacantes de II.EE. EIB deben ser identificadas como tales en la publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.3 ORGANIZACI\u00d3N DE LOS CONCURSOS<\/b><\/p>\n<p>Los concursos regulados en la presente norma t\u00e9cnica se organizan en las siguientes etapas:<\/p>\n<table class=\"Data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>1. Convocatoria.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>2. Publicaci\u00f3n de plazas puestas a Concurso de Nombramiento.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3. Inscripci\u00f3n \u00fanica de postulantes.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>4. Etapa nacional.<\/p>\n<p>4.1 Aplicaci\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p>4.2 Calificaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de resultados de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p>4.3 Presentaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de reclamos.<\/p>\n<p>4.4 Publicaci\u00f3n de resultados finales de la Prueba \u00danica Nacional.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>5. Etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p>5.1 Selecci\u00f3n de la plaza a la que se postula.<\/p>\n<p>5.2 Acreditaci\u00f3n y verificaci\u00f3n del cumplimiento de requisitos y del derecho a recibir bonificaciones de Ley.<\/p>\n<p>5.3 Aplicaci\u00f3n de los instrumentos de evaluaci\u00f3n de la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p>5.4 Publicaci\u00f3n de resultados del Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p>5.5 Emisi\u00f3n de resoluciones de nombramiento.<\/p>\n<p>5.6 Etapa Excepcional para II.EE. Unidocentes y Multigrado.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>6. Etapa de contrataci\u00f3n docente.<\/p>\n<p>6.1 Publicaci\u00f3n de plazas vacantes<\/p>\n<p>6.2 Selecci\u00f3n de la DRE o UGEL a la que se postula.<\/p>\n<p>6.3 Publicaci\u00f3n de los cuadros de m\u00e9rito.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><b>5.4 RESPONSABILIDADES<\/b><\/p>\n<p><b>5.4.1 Responsabilidades del Minedu:<\/b><\/p>\n<p><b>a)<\/b> Regular el desarrollo de los concursos.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Convocar a los concursos y aprobar sus cronogramas.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Establecer las plazas puestas a concurso, de acuerdo a la actualizaci\u00f3n realizada por las DRE y UGEL a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Publicar en el portal institucional del Minedu la convocatoria, los cronogramas y la relaci\u00f3n consolidada de plazas en concurso, a nivel nacional.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Establecer los criterios e instrumentos de evaluaci\u00f3n de los concursos.<\/p>\n<p><b>f)<\/b> Orientar y absolver las consultas que realicen las IGED, sobre los concursos.<\/p>\n<p><b>g)<\/b> Orientar a los postulantes y absolver consultas sobre los concursos.<\/p>\n<p><b>h)<\/b> Implementar los mecanismos necesarios para la inscripci\u00f3n de los postulantes.<\/p>\n<p><b>i)<\/b> Determinar los centros de evaluaci\u00f3n, para la aplicaci\u00f3n de los instrumentos a su cargo.<\/p>\n<p><b>j)<\/b> Monitorear la correcta conformaci\u00f3n e instalaci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Vigilancia y de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n; as\u00ed como la ejecuci\u00f3n de sus funciones.<\/p>\n<p><b>k)<\/b> Autorizar la conformaci\u00f3n de m\u00e1s un Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de IE, UGEL o DRE.<\/p>\n<p><b>l)<\/b> Dise\u00f1ar las actividades de capacitaci\u00f3n de los integrantes de los Comit\u00e9s de Vigilancia y de Evaluaci\u00f3n; as\u00ed como, brindarles asistencia t\u00e9cnica para el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p><b>m)<\/b> Aplicar y calificar la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>n)<\/b> Absolver los reclamos de los postulantes respecto de los resultados de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>o)<\/b> Publicar en el portal institucional del Minedu los resultados de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>p)<\/b> Formalizar el retiro de los postulantes que incurran en infracciones a las normas establecidas para los concursos y aplicar las sanciones que correspondan.<\/p>\n<p><b>q)<\/b> Monitorear el desarrollo de los concursos a nivel nacional.<\/p>\n<p><b>r)<\/b> Implementar los mecanismos necesarios para la selecci\u00f3n de plazas del Concurso de Nombramiento y para la selecci\u00f3n de UGEL del Concurso de Contrataci\u00f3n Docente.<\/p>\n<p><b>s)<\/b> Publicar en el portal del Minedu la relaci\u00f3n de postulantes clasificados para la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p><b>t)<\/b> Publicar en el portal del Minedu los cuadros de m\u00e9rito de los postulantes habilitados para el acto p\u00fablico de adjudicaci\u00f3n de plazas del Concurso de Contrataci\u00f3n Docente.<\/p>\n<p><b>u)<\/b> Publicar en el portal del Minedu los resultados finales de los concursos.<\/p>\n<p><b>v)<\/b> Verificar la emisi\u00f3n de las resoluciones de nombramiento que realiza la DRE y UGEL a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS.<\/p>\n<p><b>w)<\/b> Establecer las disposiciones necesarias para la acreditaci\u00f3n del dominio de la lengua originaria y el conocimiento de la cultura local por parte de los postulantes a II.EE. EIB.<\/p>\n<p><b>5.4.2 Responsabilidades de la DRE, o quien haga sus veces:<\/b><\/p>\n<p><b>a)<\/b> Difundir la convocatoria, los cronogramas, la relaci\u00f3n consolidada de plazas en concurso y los resultados, en su portal institucional, locales institucionales y medios de comunicaci\u00f3n masiva a su alcance.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Asesorar a las UGEL de su jurisdicci\u00f3n en el proceso de constituci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de UGEL que tendr\u00e1n a cargo la evaluaci\u00f3n descentralizada de las plazas de II.EE. unidocentes y polidocentes multigrado.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Constituir, mediante resoluci\u00f3n, cuando corresponda y dentro del plazo establecido en el cronograma, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de DRE que tendr\u00e1 a cargo la evaluaci\u00f3n descentralizada de las plazas de II.EE. cuya gesti\u00f3n depende directamente de la DRE.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Conformar los Comit\u00e9s de Vigilancia mediante resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Brindar permanente asistencia t\u00e9cnica a los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n; as\u00ed como supervisar el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p><b>f)<\/b> Brindar los recursos y medios necesarios para el cumplimiento de las funciones del Comit\u00e9 de Vigilancia y de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>g)<\/b> Actualizar oportunamente a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, las plazas org\u00e1nicas vacantes de profesor de las II.EE. bajo su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>h)<\/b> Validar la relaci\u00f3n consolidada de plazas puestas a concurso para nombramiento, prepublicada por el Minedu; as\u00ed como, consolidar y actualizar las observaciones, si las hubiera, y remitir a la DITEN el listado definitivo a trav\u00e9s Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS.<\/p>\n<p><b>i)<\/b> Supervisar que las UGEL reciban y custodien las actas de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n comprendidos en su jurisdicci\u00f3n; as\u00ed como supervisar y custodiar las actas de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de la DRE.<\/p>\n<p><b>j)<\/b> Ingresar los resultados de la evaluaci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de DRE, en el aplicativo digital proporcionado por el Minedu, dentro del plazo establecido.<\/p>\n<p><b>k)<\/b> Verificar que los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n realicen el ingreso de los resultados de la evaluaci\u00f3n a su cargo, en el aplicativo digital proporcionado por el Minedu, dentro del plazo establecido.<\/p>\n<p><b>l)<\/b> Absolver los cuestionamientos que surjan respecto a la actuaci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>m)<\/b> Verificar los requisitos que son acreditados mediante Declaraci\u00f3n Jurada.<\/p>\n<p><b>n)<\/b> Expedir las resoluciones de nombramiento, en las plazas de II.EE. cuya gesti\u00f3n depende directamente de la DRE.<\/p>\n<p><b>o)<\/b> Resolver los recursos administrativos de su competencia de acuerdo a la Ley N\u00b0 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.<\/p>\n<p><b>p)<\/b> Consolidar y custodiar las actas, los cuadros de evaluaci\u00f3n y los informes finales de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n, de su jurisdicci\u00f3n, as\u00ed como los reclamos y absoluci\u00f3n de \u00e9stos y dem\u00e1s documentos relativos al Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p><b>q)<\/b> Adoptar las acciones que correspondan cuando los postulantes incurran en infracciones a las normas establecidas para los concursos.<\/p>\n<p><b>5.4.3 Responsabilidades de la UGEL:<\/b><\/p>\n<p><b>a)<\/b> Difundir la convocatoria, el cronograma, la relaci\u00f3n consolidada de plazas en los concursos y los resultados de los mismos, en su portal institucional, locales institucionales y medios de comunicaci\u00f3n masiva a su alcance.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Actualizar oportunamente a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, las plazas org\u00e1nicas vacantes de profesor de las II.EE. bajo su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Validar la relaci\u00f3n consolidada de plazas puestas a concurso para nombramiento, prepublicada por el Minedu; as\u00ed como, consolidar las observaciones, si las hubiera, y remitir a la DRE y DITEN el listado definitivo.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Asesorar a las II.EE. de su jurisdicci\u00f3n en el proceso de constituci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de IE.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Constituir mediante resoluci\u00f3n, dentro del plazo establecido en el cronograma, los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de IE bajo su jurisdicci\u00f3n, seg\u00fan la propuesta remitida por el director de la IE correspondiente, asegur\u00e1ndose que se cumplan las disposiciones de la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>f)<\/b> Constituir mediante resoluci\u00f3n, cuando corresponda y dentro del plazo establecido en el cronograma, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de UGEL, que tendr\u00e1 a cargo la evaluaci\u00f3n descentralizada de las plazas de II.EE. unidocentes y multigrado, cuya gesti\u00f3n depende directamente de la UGEL.<\/p>\n<p><b>g)<\/b> Brindar permanente asistencia t\u00e9cnica a los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de IE de su jurisdicci\u00f3n, que tienen a cargo la evaluaci\u00f3n descentralizada de las plazas en II.EE. polidocentes, bajo su jurisdicci\u00f3n; as\u00ed como supervisar el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p><b>h)<\/b> Brindar los recursos y medios necesarios para el cumplimiento de las funciones de los Comit\u00e9s de Vigilancia y de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>i)<\/b> Ingresar los resultados de la evaluaci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de UGEL, en el aplicativo digital proporcionado por el Minedu, dentro del plazo establecido.<\/p>\n<p><b>j)<\/b> Verificar que los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de II.EE. de su jurisdicci\u00f3n realicen el ingreso de los resultados de la evaluaci\u00f3n a su cargo, en el aplicativo digital proporcionado por el Minedu, dentro del plazo establecido.<\/p>\n<p><b>k)<\/b> Absolver los cuestionamientos que surjan respecto a la actuaci\u00f3n de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>l)<\/b> Verificar los requisitos que son acreditados mediante Declaraci\u00f3n Jurada.<\/p>\n<p><b>m)<\/b> Expedir las resoluciones de nombramiento, en las plazas de II.EE. bajo su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>n)<\/b> Resolver los recursos administrativos de su competencia de acuerdo a la Ley N\u00b0 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.<\/p>\n<p><b>o)<\/b> Recibir y custodiar las actas de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n, con los documentos del postulante ganador de la plaza que acreditan el cumplimiento de requisitos y, de corresponder, el derecho a recibir bonificaciones de Ley.<\/p>\n<p><b>p)<\/b> Consolidar y custodiar las actas, los cuadros de evaluaci\u00f3n y los informes finales de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n, de su jurisdicci\u00f3n, as\u00ed como los reclamos y absoluci\u00f3n de \u00e9stos y dem\u00e1s documentos relativos al Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p><b>q)<\/b> Adoptar las acciones que correspondan cuando los postulantes incurran en infracciones a las normas establecidas oara los concursos.<\/p>\n<p><b>5.4.4 Responsabilidades de la IE:<\/b><\/p>\n<p><b>a)<\/b> Organizar el proceso de elecci\u00f3n del representante de los padres de familia que formar\u00e1 parte del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Informar a la UGEL los nombres y datos de los integrantes del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de IE, considerando la composici\u00f3n establecida en la presente norma t\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Instalar el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de IE registrando tal hecho en el libro de actas correspondiente.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Implementar, a trav\u00e9s de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n, la etapa descentralizada del concurso de nombramiento en su IE.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Facilitar las condiciones e insumos necesarios para la aplicaci\u00f3n de los instrumentos de la etapa descentralizada.<\/p>\n<p><b>5.5 COMIT\u00c9S DE VIGILANCIA DE LOS CONCURSOS<\/b><\/p>\n<p><b>5.5.1<\/b> La DRE conformar\u00e1 un Comit\u00e9 de Vigilancia para los concursos regulados por la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>5.5.2<\/b> La conformaci\u00f3n del Comit\u00e9 de Vigilancia es la siguiente:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Un representante de la DRE, quien lo preside,<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Un representante del Minedu y<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Dos representantes del COPARE.<\/p>\n<p><b>5.5.3<\/b> Son funciones del Comit\u00e9 de Vigilancia:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Cautelar la transparencia de los concursos y el cumplimiento de las normas emitidas para la ejecuci\u00f3n de las evaluaciones.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Pedir el apoyo de entidades gubernamentales como la Defensor\u00eda del Pueblo y el Ministerio P\u00fablico u otras entidades de la sociedad civil, cuando lo considere conveniente, para hacer m\u00e1s eficaz el ejercicio de su funci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Emitir informes al Gobierno Regional y al Minedu dando cuenta de las condiciones de transparencia y legalidad en que se desarrollaron las acciones y\/o actividades donde particip\u00f3.<\/p>\n<p><b>5.5.4<\/b> Los representantes de la DRE y el Minedu que integren el Comit\u00e9 de Vigilancia ser\u00e1n, preferentemente, profesionales con experiencia en la organizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de operativos de evaluaci\u00f3n en campo.<\/p>\n<p><b>5.5.5<\/b> Los miembros del COPARE que integren el Comit\u00e9 de Vigilancia deben ser personas de la sociedad civil de reconocido prestigio social, preferentemente representantes de instituciones de educaci\u00f3n superior, de formaci\u00f3n docente, del empresariado local, o de entidades gubernamentales no pertenecientes al sector educaci\u00f3n, elegidos en Asamblea General del COPARE.<\/p>\n<p><b>5.5.6<\/b> Requisitos para ser integrante del Comit\u00e9 de Vigilancia:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> No registrar antecedentes penales ni judiciales.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> No haber sido condenado por el delito de terrorismo, apolog\u00eda del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos de corrupci\u00f3n de funcionarios y\/o delitos de tr\u00e1fico de drogas; ni haber sido condenado por la comisi\u00f3n de actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, as\u00ed como tampoco haber sido condenado por impedir el normal funcionamiento de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> No encontrarse inhabilitado por motivos de destituci\u00f3n, despido o resoluci\u00f3n judicial que as\u00ed lo indique, vigente durante todo el per\u00edodo del concurso.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> No estar inscrito en alguno de los concursos.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> No estar cumpliendo sanci\u00f3n administrativa disciplinaria.<\/p>\n<p><b>5.5.7<\/b> Los Comit\u00e9s de Vigilancia reciben los reportes de las incidencias de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de cada concurso del \u00e1mbito de jurisdicci\u00f3n de la DRE, quedando facultados para realizar visitas inopinadas a las II.EE. y UGEL en las que dichos Comit\u00e9s se encuentren cumpliendo sus funciones.<\/p>\n<p><b>5.5.8<\/b> El quorum para las sesiones del Comit\u00e9 de Vigilancia es de tres (03) integrantes. Los acuerdos se adoptan por mayor\u00eda de los miembros presentes al momento de la deliberaci\u00f3n. En caso de empate el Presidente tiene el voto dirimente.<\/p>\n<p><b>5.5.9<\/b> Al t\u00e9rmino de la etapa de emisi\u00f3n de resoluciones de los concursos, el Comit\u00e9 de Vigilancia emite un informe final al Gobierno Regional y al Minedu, dando cuenta de las condiciones de transparencia y legalidad en las que se desarrollaron las acciones y\/o actividades donde particip\u00f3. Una vez remitido el referido informe, el Comit\u00e9 concluye sus funciones.<\/p>\n<p><b><b>5.6<\/b> COMIT\u00c9S DE EVALUACI\u00d3N DEL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO<\/b><\/p>\n<p><b>5.6.1<\/b> El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de IE, estar\u00e1 conformado por:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> El Director de la instituci\u00f3n, titular o encargado, quien lo preside.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> El Subdirector o Coordinador Acad\u00e9mico del nivel o modalidad que corresponda.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Un representante de los padres de familia integrante del CONEI o el que haga sus veces.<\/p>\n<p><b>5.6.2<\/b> Para evaluar postulantes a plazas en II.EE. unidocente o multigrado el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n es conformado por la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, con los siguientes miembros:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Un especialista de Educaci\u00f3n de la DRE o UGEL, seg\u00fan modalidad y nivel, cuando corresponda, quien la preside.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> El director de la Red Educativa o, en su defecto, un representante de los profesores pertenecientes a la Carrera P\u00fablica Magisterial de la modalidad, ciclo o nivel del evaluado.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Un representante de los padres de familia, integrante del CONEI de la Red a la que pertenece la IE o, en su defecto, de alguna de las II.EE. con plazas en concurso.<\/p>\n<p><b>5.6.3<\/b> Las DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, emite dentro del plazo establecido en el cronograma, la(s) Resoluci\u00f3n(es) que constituye(n) los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n, de acuerdo a la conformaci\u00f3n establecida.<\/p>\n<p><b>5.6.4<\/b> Se podr\u00e1 conformar m\u00e1s de un Comit\u00e9 de evaluaci\u00f3n de IE, UGEL o DRE, previa autorizaci\u00f3n del Minedu.<\/p>\n<p><b>5.6.5<\/b> En el caso en que no se cuente con alguno de los integrantes de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n mencionados, o que estando presente se encuentre impedido de participar en la evaluaci\u00f3n, la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, debe designar al miembro reemplazante, que tenga similares caracter\u00edsticas a las del perfil del miembro titular que es reemplazado.<\/p>\n<p><b>5.6.6<\/b> Para el caso de la evaluaci\u00f3n del instrumento de observaci\u00f3n de aula en lengua inglesa u originaria, cuando menos uno de los miembros de los Comit\u00e9s deben dominar el idioma a evaluar. Caso contrario, el Gobierno Regional, a trav\u00e9s de sus IGED, debe disponer la incorporaci\u00f3n de alg\u00fan miembro de la comunidad educativa que domine la lengua.<\/p>\n<p><b>5.6.7<\/b> El presidente del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n es el responsable de su instalaci\u00f3n, siendo que el referido Comit\u00e9 deber\u00e1 emitir su acta de instalaci\u00f3n, debidamente suscrita por todos sus integrantes.<\/p>\n<p><b>5.6.8<\/b> Los acuerdos para la organizaci\u00f3n, funcionamiento y aprobaci\u00f3n de informes son adoptados por mayor\u00eda simple. En caso de empate el Presidente tiene el voto dirimente.<\/p>\n<p><b>5.6.9<\/b> No pueden ser miembros de un Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Quienes se presenten como postulantes al Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Quienes se encuentren con sanci\u00f3n vigente por procesos administrativos disciplinarios o hayan sido sancionados en el \u00faltimo a\u00f1o contado desde la fecha de la convocatoria.<\/p>\n<p><b>c<\/b>) Quienes tengan relaci\u00f3n de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad<br \/>\nsegundo de afinidad con alguno de los postulantes.<\/p>\n<p><b>5.6.10<\/b> Los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n se rigen, en lo que sea aplicable, por lo establecido en la Ley N\u00b0 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias.<\/p>\n<p><b>5.6.11<\/b> Las funciones de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n son las siguientes:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Verificar si los postulantes cumplen con los requisitos establecidos en la LRM, su Reglamento, la presente norma t\u00e9cnica y la convocatoria al Concurso de Nombramiento.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Difundir la lista de los profesores habilitados para participar en la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento seg\u00fan los listados publicados por el Minedu.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Conducir los procesos de evaluaci\u00f3n y aplicar los instrumentos que le corresponden en la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento, seg\u00fan los lineamientos del Minedu.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Ingresar los resultados de las evaluaciones a su cargo en el aplicativo digital dispuesto por el Minedu, dentro del plazo establecido.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Consolidar los resultados de las diversas evaluaciones realizadas como parte del proceso de evaluaci\u00f3n, seg\u00fan los lineamientos del Minedu.<\/p>\n<p><b>f)<\/b> Desarrollar la Etapa Excepcional para II.EE Unidocentes y Multigrado, de corresponder.<\/p>\n<p><b>g)<\/b> Absolver las consultas y reclamos de los postulantes respecto de los resultados de las evaluaciones bajo su competencia; as\u00ed como sobre la adjudicaci\u00f3n de plazas.<\/p>\n<p><b>h)<\/b> Difundir los resultados finales del concurso, seg\u00fan la publicaci\u00f3n realizada por el Minedu.<\/p>\n<p><b>i)<\/b> Retirar del concurso de nombramiento a los postulantes que no respeten las disposiciones e instrucciones dispuestas en la LRM, su Reglamento y la presente norma e informar al Minedu para la formalizaci\u00f3n del retiro.<\/p>\n<p><b>j)<\/b> Elaborar y presentar el informe final de la evaluaci\u00f3n realizada, debidamente documentado, ante la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p><b>5.7 REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS POSTULANTES A LOS CONCURSOS<\/b><\/p>\n<p><b>5.7.1 Requisitos Generales<\/b><\/p>\n<p><b>5.7.1.1<\/b> Poseer t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n que corresponda a la modalidad, nivel\/ciclo y\/o especialidad del grupo de inscripci\u00f3n elegido, seg\u00fan lo detallado en el Anexo III. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n, seg\u00fan lo detallado en el Anexo III, o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I. Se reconocen los t\u00edtulos de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n otorgados por los institutos y escuelas de educaci\u00f3n superior autorizadas por el Minedu y por las facultades de educaci\u00f3n de universidades reconocidas por la autoridad competente. Los t\u00edtulos otorgados por los Institutos y Escuelas de Educaci\u00f3n Superior Pedag\u00f3gicos, deben estar visados y registrados por la DRE\/GRE. Los t\u00edtulos otorgados por los Institutos de Educaci\u00f3n Superior Tecnol\u00f3gicos deben estar visados por la DRE\/GRE. Los t\u00edtulos pedag\u00f3gicos expedidos en el extranjero deben estar revalidados en el Per\u00fa y registrados por la DRE\/GRE.<\/p>\n<p><b>5.7.1.2<\/b> Gozar de buena salud f\u00edsica y mental que permita ejercer la docencia. Se acredita con el original de la declaraci\u00f3n jurada seg\u00fan formato del Anexo I, debidamente firmada por el postulante.<\/p>\n<p><b>5.7.1.3<\/b> No haber sido condenado por delito doloso. Se acredita con el original de la declaraci\u00f3n jurada seg\u00fan formato del Anexo I, debidamente firmada por el postulante.<\/p>\n<p><b>5.7.1.4<\/b> No haber sido condenado por los delitos se\u00f1alados en la Ley N\u00b0 29988. Se acredita con el original de la declaraci\u00f3n jurada seg\u00fan formato del Anexo I, debidamente firmada por el postulante.<\/p>\n<p><b>5.7.1.5<\/b> No encontrarse inhabilitado por motivos de destituci\u00f3n, despido o resoluci\u00f3n judicial que as\u00ed lo indique. Se acredita con el original de la declaraci\u00f3n jurada seg\u00fan formato del Anexo I, debidamente firmada por el postulante.<\/p>\n<p><b>5.7.2 Requisitos Espec\u00edficos<\/b><\/p>\n<p><b>5.7.2.1<\/b> Para postular a una plaza en una IE ubicada en zona de frontera, el postulante debe ser peruano de nacimiento. Se acredita con la copia simple de la partida de nacimiento.<\/p>\n<p><b>5.7.2.2<\/b> Para postular a una plaza del \u00e1rea curricular de Educaci\u00f3n Religiosa, el postulante debe tener la aprobaci\u00f3n de la autoridad eclesi\u00e1stica. Se acredita con copia simple de la carta de presentaci\u00f3n del obispo o del director de la ODEC correspondiente a su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.7.2.3<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBE, el postulante debe: i) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBE; o i\u00a1) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n de inicial o primaria y contar con experiencia docente de al menos tres (03) a\u00f1os lectivos en EBE. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n correspondiente o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I; y, de corresponder, con la copia simple de la documentaci\u00f3n que evidencie la experiencia laboral docente en dicha modalidad de al menos tres (03) a\u00f1os lectivos.<\/p>\n<p><b>5.7.2.4<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBA del ciclo inicial\/intermedio, el postulante debe: i) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBA; o ii) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR del nivel primaria y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo inicial\/intermedio del Minedu o de las DRE\/UGEL o de universidades o institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA; o iii) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR del nivel primaria y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n correspondiente o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I; y, de corresponder, con copia simple del documento oficial que certifica haber realizado la capacitaci\u00f3n o especializaci\u00f3n complementaria en EBA, o con la documentaci\u00f3n que evidencie experiencia laboral docente en dicha modalidad de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos.<\/p>\n<p><b>5.7.2.5<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBA del ciclo avanzado, el postulante debe: i) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBA, con menci\u00f3n de la especialidad o \u00e1rea curricular; o ii) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR del nivel secundaria y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA; o iii) tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR del nivel secundaria de la especialidad a la que postula y contar con experiencia docente de al menos dos (2) a\u00f1os lectivos en EBA. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n correspondiente o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I; y, de corresponder, con copia simple del documento oficial que certifica haber realizado la capacitaci\u00f3n o especializaci\u00f3n complementaria en EBA, o con la documentaci\u00f3n que evidencie experiencia laboral docente en dicha modalidad de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos.<\/p>\n<p><b>5.7.2.6<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBR del nivel primaria, el postulante debe tener el t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR en el nivel primaria. Se acredita con copia simple del T\u00edtulo de profesor o de Licenciado en educaci\u00f3n de EBR, en el nivel primaria o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I.<\/p>\n<p><b>5.7.27<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBR del nivel inicial, el postulante debe tener: i) t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR en el nivel inicial o ii) t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR en el nivel primaria, con estudios concluidos de segunda especialidad en educaci\u00f3n inicial y con experiencia m\u00ednima de dos (02) a\u00f1os lectivos en el nivel inicial. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n correspondiente o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I; y, de corresponder, con la constancia emitida por la universidad de los estudios concluidos de segunda especialidad en educaci\u00f3n inicial y con la documentaci\u00f3n que evidencie experiencia laboral docente en dicha modalidad.<\/p>\n<p><b>5.7.2.8<\/b> Para postular a una plaza de la modalidad de EBR del nivel secundaria, el postulante debe acreditar tener t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n en la modalidad de EBR, del nivel secundaria y de la especialidad a la que se postula. Se acredita con copia simple del t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n de EBR en el nivel secundar\u00eda y la especialidad que corresponde a la plaza a la que se postula o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I.<\/p>\n<p><b>5.7.2.9<\/b> Para postular a una plaza en una IE EIB, el postulante debe manejar la lengua materna de los educandos y conocer la cultura local. Se acredita seg\u00fan lo dispuesto en norma espec\u00edfica que emita la DIGEIBIRA.<\/p>\n<p><b>5.7.2.10<\/b> Para postulara una plaza en IE p\u00fablica de gesti\u00f3n privada por convenio, el postulante debe contar con la aceptaci\u00f3n del gestor de la IE. Se acredita con copia simple de la propuesta del gestor correspondiente.<\/p>\n<p><b>57.3 Consideraciones generales sobre los requisitos<\/b><\/p>\n<p><b>5.7.3.1<\/b> Los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n deben corroborar que los postulantes cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 5.7.1 y 5.7.2, verificando que su fecha de emisi\u00f3n sea cuando menos del \u00faltimo d\u00eda del plazo de inscripci\u00f3n, estipulado en el cronograma; excepto los requisitos previstos en los numerales 57.2.2, 57.2.9 y 5.7.2.10 as\u00ed como, los visados y registros de los t\u00edtulos mencionados en el numeral 57.1.1; cuya fecha de emisi\u00f3n o acreditaci\u00f3n puede considerarse hasta la fecha de su presentaci\u00f3n ante el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, establecida en el cronograma.<\/p>\n<p><b>5.7.3.2<\/b> Asimismo, la vigencia de los requisitos establecidos en los numerales 5.7.1.2, 5.7.1.3, 5.7.1.4 y 5.7.1.5 debe mantenerse hasta la fecha final del proceso de evaluaci\u00f3n, es decir, hasta la emisi\u00f3n del acto resolutivo de nombramiento y contrataci\u00f3n docente.<\/p>\n<p><b>5.7.3.3<\/b> En caso las DRE o UGEL, verifiquen con posterioridad a la etapa de revisi\u00f3n de requisitos, que alg\u00fan postulante que figura como ganador de alguno de los concursos, no cumple con los requisitos previstos en la presente Norma T\u00e9cnica, proceder\u00e1 a notificar a dicho postulante dentro del plazo establecido para la emisi\u00f3n de resoluciones, su decisi\u00f3n de no emitir la resoluci\u00f3n correspondiente con copia a la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Docente del Minedu, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que correspondan.<\/p>\n<p><b>5.8 RETIRO DE POSTULANTES DE LOS CONCURSOS<\/b><\/p>\n<p><b>5.8.1<\/b> Se considera retiro voluntario de los concursos, cuando el postulante no asiste a rendir los instrumentos de evaluaci\u00f3n o no cumpla con alguno de los requisitos previstos para los concursos o no ejecuta alguna de las actividades establecidas en la presente Norma T\u00e9cnica, en las fechas definidas para tal efecto.<\/p>\n<p><b>5.8.2<\/b> En cualquier etapa de los concursos, el Minedu o el operador log\u00edstico a cargo de la aplicaci\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional o el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n correspondiente pueden retirar a los postulantes que no cumplan con las disposiciones e instrucciones dispuestas en la LRM, su Reglamento, la presente norma o las que se impartan en los centros de evaluaci\u00f3n para el adecuado desarrollo del proceso, o no cumplan con alguno de los requisitos previstos para los concursos.<\/p>\n<p><b>5.8.3<\/b> Es responsabilidad del postulante informarse sobre las actividades programadas en el cronograma de los concursos, as\u00ed como sus correspondientes fechas y horarios, los cuales ser\u00e1n oportunamente comunicados en el Portal WEB del Minedu y\/o a trav\u00e9s del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>5.9 MODELO DE EVALUACI\u00d3N<\/b><\/p>\n<p><b>5.9.1<\/b> El Concurso de Nombramiento se desarrolla en dos etapas: a) nacional y b) descentralizada. La primera etapa es clasificatoria, es decir, es necesario alcanzar los puntajes m\u00ednimos requeridos en la evaluaci\u00f3n de la etapa nacional para pasar a la etapa descentralizada.<\/p>\n<p><b>5.9.2<\/b> El Concurso de Contrataci\u00f3n Docente solo requiere de la etapa nacional y no existe puntaje m\u00ednimo aprobatorio.<\/p>\n<p><b>5.9.3<\/b> En la etapa nacional de los concursos, el Minedu aplica a los postulantes la Prueba \u00danica Nacional. Dicha prueba est\u00e1 compuesta por 3 subpruebas: Subprueba de Razonamiento L\u00f3gico, Subprueba de Comprensi\u00f3n Lectora y Subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad.<\/p>\n<p><b>5.9.4<\/b> En la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n valora la capacidad did\u00e1ctica y la trayectoria profesional, a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n de tres instrumentos: Observaci\u00f3n de Aula, Entrevista y Valoraci\u00f3n de la Trayectoria Profesional.<\/p>\n<p><b>5.9.5<\/b> El Anexo II de la presente Norma T\u00e9cnica detalla los criterios, instrumentos y puntuaciones del Modelo de Evaluaci\u00f3n para ambos concursos.<\/p>\n<p><b>6. DISPOSICIONES ESPEC\u00cdFICAS<\/b><\/p>\n<p><b>6.1 CONVOCATORIA<\/b><\/p>\n<p><b>6.1.1<\/b> La convocatoria a los concursos se aprueba conjuntamente con su cronograma y se publica en el portal institucional del Minedu, de las DRE y UGEL.<\/p>\n<p><b>6.1.2<\/b> Excepcionalmente, el Minedu puede modificar las fechas del cronograma; situaci\u00f3n que debe ser difundida oportunamente en el portal institucional del Minedu, de las DRE y UGEL.<\/p>\n<p><b>6.2 PUBLICACI\u00d3N DE PLAZAS PUESTAS A CONCURSO DE NOMBRAMIENTO<\/b><\/p>\n<p><b>6.2.1<\/b> El Minedu, en el plazo se\u00f1alado en el cronograma, prepublica en su portal institucional la relaci\u00f3n consolidada de plazas puestas a concurso para nombramiento.<\/p>\n<p><b>6.2.2<\/b> Dentro del plazo establecido en el cronograma, podr\u00e1n presentarse observaciones sobre la relaci\u00f3n antes mencionada ante la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda. Las observaciones que cuenten con el respectivo sustento, ser\u00e1n subsanadas por la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, a trav\u00e9s Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS.<\/p>\n<p><b>6.2.3<\/b> La DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, debe remitir por correo electr\u00f3nico, dentro del plazo establecido en el cronograma, el reporte generado por el Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, adjuntando el reporte escaneado con el c\u00f3digo QR que emite el sistema a la DITEN, debidamente firmado por el Director de la DRE o UGEL, el Jefe de Administraci\u00f3n o el que haga sus veces, y por el Jefe de Personal. Adicionalmente, debe remitir cualquier observaci\u00f3n que no hubiera podido regularizar en ei sistema.<\/p>\n<p><b>6.2.4<\/b> El Minedu, a trav\u00e9s de la DITEN, consolida los reportes del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS y valida la informaci\u00f3n remitida por las DRE o UGEL, a fin de elaborar la relaci\u00f3n consolidada de plazas vacantes.<\/p>\n<p><b>6.2.5<\/b> El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en su portal institucional la relaci\u00f3n consolidada de plazas puestas a concurso para nombramiento.<\/p>\n<p><b>6.2.6<\/b> La citada relaci\u00f3n deber\u00e1 ser difundida por las DRE y UGEL, a trav\u00e9s de sus portales institucionales, locales institucionales y otros medios de comunicaci\u00f3n masiva a su alcance.<\/p>\n<p><b>6.3 INSCRIPCI\u00d3N \u00daNICA DE POSTULANTES<\/b><\/p>\n<p><b>6.3.1<\/b> El proceso de inscripci\u00f3n es \u00fanico para postular a ambos concursos, de forma que los postulantes inscritos rinden la Prueba \u00danica Nacional que los habilita a participar tanto en el Concurso de Nombramiento como en el Concurso de Contrataci\u00f3n Docente.<\/p>\n<p><b>6.3.2<\/b> La inscripci\u00f3n es voluntaria y gratuita.<\/p>\n<p><b>6.3.3<\/b> El proceso de inscripci\u00f3n se realiza en dos pasos obligatorios y sucesivos: el primer paso es v\u00eda digital y se realiza desde el portal institucional del Minedu, mientras que el segundo paso es presencial y se realiza en el Banco de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.3.4<\/b> En el primer paso el profesor se inscribe a los concursos generando, a trav\u00e9s del aplicativo digital disponible en el portal institucional del Minedu, un usuario y contrase\u00f1a, los que les ser\u00e1n enviados a su correo electr\u00f3nico. Luego, deber\u00e1 llenar un formato de inscripci\u00f3n digital, de acuerdo con las instrucciones que para tal fin se establezcan. En caso de que el postulante advierta alg\u00fan error en la informaci\u00f3n consignada en el formato de inscripci\u00f3n digital podr\u00e1 generar uno nuevo con la informaci\u00f3n correcta, siempre y cuando se encuentre dentro del plazo establecido en el cronograma para la etapa de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.3.5<\/b> El usuario y contrase\u00f1a generados son personales e intransferibles, siendo responsabilidad del postulante inscrito su debido uso.<\/p>\n<p><b>6.3.6<\/b> Una vez completado el formato de inscripci\u00f3n con la informaci\u00f3n correcta, deber\u00e1 imprimirlo y realizar el segundo paso: llevarlo a alguna agencia autorizada del Banco de la Naci\u00f3n, portando su documento de identidad, para confirmar los datos contenidos en \u00e9ste y concluir su inscripci\u00f3n. Este \u00faltimo tr\u00e1mite es obligatorio para quedar inscrito y poder participar en los concursos.<\/p>\n<p><b>6.3.7<\/b> El postulante debe solicitar la constancia impresa que acredite la realizaci\u00f3n del tr\u00e1mite ante el Banco de la Naci\u00f3n y verificar la informaci\u00f3n contenida en \u00e9sta.<\/p>\n<p><b>6.3.8<\/b> El postulante es responsable de la veracidad de los datos consignados en su proceso de inscripci\u00f3n, as\u00ed como de los errores u omisiones en los que podr\u00eda haber incurrido. En caso de advertir alg\u00fan error, el postulante podr\u00e1 rectificar los datos de su inscripci\u00f3n, siempre que lo haga dentro del plazo establecido en el cronograma para la etapa de inscripci\u00f3n. La rectificaci\u00f3n requiere realizar nuevamente la confirmaci\u00f3n de los datos contenidos en el formato de inscripci\u00f3n ante el Banco de la Naci\u00f3n, de tal manera que se considere concluida su inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.3.9 Selecci\u00f3n del grupo de inscripci\u00f3n:<\/b> Al realizar su inscripci\u00f3n, el postulante deber\u00e1 seleccionar la modalidad educativa (EBR, EBE o EBA); as\u00ed como, el nivel\/ciclo y\/o el \u00e1rea\/especialidad, cuando corresponda. En el Anexo III se presentan los diferentes grupos de inscripci\u00f3n entre los que el postulante debe elegir solo uno, considerando que deber\u00e1 acreditar los requisitos de formaci\u00f3n establecidos para dicho grupo. El postulante ser\u00e1 evaluado en el grupo de inscripci\u00f3n seleccionado.<\/p>\n<p><b>6.4 ETAPA NACIONAL<\/b><\/p>\n<p><b>6.4.1 Aplicaci\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional<\/b><\/p>\n<p><b>6.4.1.1<\/b> La Prueba \u00danica Nacional es aplicada en lugar, fecha y hora fijadas por el Minedu. Dentro del plazo se\u00f1alado en el cronograma, el postulante ser\u00e1 informado mediante el portal institucional del Minedu sobre el centro de evaluaci\u00f3n que le ha sido asignado.<\/p>\n<p><b>6.4.1.2<\/b> Para efectos de rendir la citada prueba, los postulantes deben seguir el siguiente procedimiento:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Presentarse puntualmente al centro de evaluaci\u00f3n correspondiente, portando \u00fanicamente su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carnet de Extranjer\u00eda. Una vez comprobada su identidad y registrada la hora de su ingreso al centro, debe dirigirse al aula asignada para rendir la prueba.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Identificarse con su DNI o Carnet de Extranjer\u00eda en el aula, ubicarse en el lugar que le sea asignado y seguir todas las indicaciones de los aplicadores.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Responder las preguntas del cuadernillo de prueba de manera individual, dentro del tiempo programado, y sin utilizar ning\u00fan material de consulta.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Marcar sus respuestas en la Ficha de Respuesta entregada para tal efecto. Las respuestas marcadas en el cuadernillo no ser\u00e1n tomadas en cuenta.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Una vez concluida la resoluci\u00f3n del cuadernillo o el tiempo asignado para el desarrollo de la evaluaci\u00f3n (4 horas con 30 minutos), lo que ocurra primero, el profesor debe entregar tanto el cuadernillo de prueba como la Ficha de Respuesta al aplicador. Est\u00e1 terminantemente prohibido romper o extraer parte o todo de alg\u00fan cuadernillo de prueba o Ficha de Respuesta.<\/p>\n<p><b>f)<\/b> Culminada la evaluaci\u00f3n, el profesor debe retirarse inmediatamente del aula y del centro de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.4.1.3<\/b> El postulante no debe ingresar objetos de ninguna clase al centro de evaluaci\u00f3n tales como aparatos electr\u00f3nicos (celular, reproductor de sonido, c\u00e1mara de fotos o video, grabadora o sistema de audio, laptop, tablet, etc.), cuadernos, hojas de papel, carteras, maletines, mochilas, bolsas, alimentos, etc. La identificaci\u00f3n de cualquier pertenencia no permitida dentro del centro de evaluaci\u00f3n determina el retiro del postulante del mismo y de los concursos.<\/p>\n<p><b>6.4.1.4<\/b> Todos los materiales y \u00fatiles necesarios para la resoluci\u00f3n de la prueba son proporcionados en el aula del centro de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.4.1.5<\/b> El postulante debe respetar escrupulosamente las disposiciones e instrucciones de los responsables del centro de evaluaci\u00f3n y de los aplicadores. Las eventuales incidencias que pudieran surgir y perjudiquen el normal funcionamiento del proceso de evaluaci\u00f3n son registradas por los responsables del centro para las acciones administrativas que resulten pertinentes y, reportadas al Comit\u00e9 de Vigilancia y al Minedu, pudiendo determinarse el retiro del postulante del centro de evaluaci\u00f3n y de los concursos.<\/p>\n<p><b>6.4.1.6<\/b> Durante el desarrollo de la Prueba \u00danica Nacional el ingreso a las aulas de evaluaci\u00f3n es restringido, permiti\u00e9ndose \u00fanicamente el ingreso de personas autorizadas por el Minedu y de los representantes del Ministerio P\u00fablico ante la tentativa o comisi\u00f3n de un hecho delictivo a fin de adoptar las acciones que, en el marco de sus funciones, consideren pertinente.<\/p>\n<p><b>6.4.2 Calificaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de resultados de la Prueba \u00danica Nacional<\/b><\/p>\n<p><b>6.4.2.1<\/b> Culminada la aplicaci\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional, el Minedu procede a su calificaci\u00f3n a partir de la lectura de las Fichas de Respuesta de los postulantes. Dicha calificaci\u00f3n constituye un procedimiento autom\u00e1tico, informatizado y an\u00f3nimo.<\/p>\n<p><b>6.4.2.2<\/b> En la fecha prevista en el cronograma, a trav\u00e9s del portal institucional del Minedu, los postulantes pueden acceder a sus resultados individuales obtenidos, a trav\u00e9s de un sistema de consulta confidencial, empleando el usuario y contrase\u00f1a que le fue asignado en el proceso de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.4.3 Presentaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de reclamos<\/b><\/p>\n<p>Los reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba \u00danica Nacional deben ser presentados por los postulantes a trav\u00e9s del aplicativo digital que se ofrece para este fin en el portal institucional del Minedu. El plazo para la presentaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de reclamos ser\u00e1 establecido en el cronograma.<\/p>\n<p><b>6.4.4 Publicaci\u00f3n de resultados finales de la Prueba \u00danica Nacional<\/b><\/p>\n<p><b>6.4.4.1<\/b> Concluido el plazo para resolver los reclamos, el Minedu publica la relaci\u00f3n de los postulantes habilitados para pasar a la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento. Dicha informaci\u00f3n es difundida por las DRE y UGEL, en sus portales institucionales y medios de comunicaci\u00f3n masiva a su alcance.<\/p>\n<p><b>6.4.4.2<\/b> Todo postulante puede acceder a sus resultados individuales a trav\u00e9s de un sistema de consulta confidencial, empleando el usuario y contrase\u00f1a que le fue asignado en el proceso de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5 ETAPA DESCENTRALIZADA DEL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO<\/b><\/p>\n<p>La etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento est\u00e1 a cargo de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n competentes, conformados seg\u00fan lo dispuesto en los numerales 5.6.1 y 5.6.2 de la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>6.5.1 Selecci\u00f3n de la plaza a la que se postula<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.1.1<\/b> La selecci\u00f3n de las plazas por parte de los postulantes se realiza desde el portal institucional del Minedu dentro del plazo establecido en el cronograma. Los postulantes solo pueden seleccionar plazas del grupo de inscripci\u00f3n que han elegido (seg\u00fan la lista del Anexo III).<\/p>\n<p><b>6.5.1.2<\/b> Cada postulante selecciona en orden de preferencia todas las plazas de su inter\u00e9s en una \u00fanica regi\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.1.3<\/b> El Minedu asigna a los postulantes, para su evaluaci\u00f3n en la etapa descentralizada, hasta tres (03) plazas de todas las seleccionadas, considerando la preferencia expresada por el propio postulante en el momento de efectuar la selecci\u00f3n de plazas, y el puntaje obtenido en la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>6.5.1.4<\/b> En general, por cada plaza puesta en concurso pueden quedar registrados hasta diez (10) postulantes para ser evaluados en la etapa descentralizada por parte del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de IE correspondiente. En caso de que m\u00e1s de diez (10) postulantes hayan seleccionado una misma plaza, quedan registrados aquellos con mayor orden de m\u00e9rito. Excepcionalmente, en aquellas II.EE. en las que se oferte m\u00e1s de una plaza del mismo grupo de inscripci\u00f3n, podr\u00e1n quedar registrados hasta quince (15) postulantes para el total de plazas del mismo grupo de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.1.5<\/b> En caso de empate en el puntaje obtenido en la Prueba \u00danica Nacional, se aplican los siguientes criterios de desempate, en orden de prelaci\u00f3n:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Mayor puntaje en la Subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Mayor puntaje en la Subprueba de Comprensi\u00f3n lectora.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Menor n\u00famero de respuestas erradas en las tres (03) Subpruebas de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>6.5.1.6<\/b> El postulante es responsable de realizar oportuna y correctamente la selecci\u00f3n de la plaza a la que postula. La no realizaci\u00f3n de esta actividad no permite determinar la IE a la que postula y conlleva a su retiro voluntario de los concursos, en virtud a lo dispuesto en el numeral 5.8.1 de la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>6.5.1.7<\/b> Si luego de realizada la asignaci\u00f3n de plazas de postulaci\u00f3n, quedasen postulantes sin ninguna plaza asignada, dentro del plazo establecido en el cronograma, dichos postulantes podr\u00e1n elegir entre las plazas que a\u00fan tienen espacio disponible, pudiendo seleccionar una regi\u00f3n distinta a la seleccionada inicialmente.<\/p>\n<p><b>6.5.2 Acreditaci\u00f3n y verificaci\u00f3n del cumplimiento de requisitos y del derecho a recibir bonificaciones de Ley<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.2.1<\/b> Los postulantes que contin\u00faan en el concurso, deben presentar ante el(los) Comit\u00e9(s) de Evaluaci\u00f3n de la(s) plaza(s) a la que postulan, en el plazo establecido por \u00e9stos, un expediente por cada plaza en el que participan, adjuntando el &#8220;Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Registro de Trayectoria Profesional&#8221; que debe imprimir luego de haberlo completado en el aplicativo dispuesto por el Minedu en su portal institucional, as\u00ed como, la documentaci\u00f3n que acredita: a) el cumplimiento de los requisitos detallados en el numeral 5.7, b) la trayectoria profesional detallada en el Anexo II, y de ser el caso, c) el derecho a recibir las bonificaciones de Ley.<\/p>\n<p><b>6.5.2.2<\/b> El Puntaje Total en el concurso de nombramiento, se obtiene sumando el puntaje de la Prueba \u00danica Nacional y el puntaje de la etapa descentralizada.<\/p>\n<p><b>6.5.2.3<\/b> Para recibir la bonificaci\u00f3n por discapacidad (15% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n), el postulante debe presentar copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los m\u00e9dicos certificadores registrados de establecimientos de salud p\u00fablica y privada, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resoluci\u00f3n de Discapacidad vigente emitida por el CONADIS.<\/p>\n<p><b>6.5.2.4<\/b> Para recibir la bonificaci\u00f3n por ser personal licenciado de las Fuerzas Armadas (10% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n), el postulante debe presentar copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condici\u00f3n de Licenciado de las Fuerzas Armadas.<\/p>\n<p><b>6.5.2.5<\/b> Los postulantes a plazas de la especialidad de Educaci\u00f3n F\u00edsica, para recibir la bonificaci\u00f3n por ser reconocido como &#8220;Deportista Calificado de Alto Nivel&#8221;: i) 20% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Ol\u00edmpicos o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los 5 primeros puestos o hayan establecido r\u00e9cords o marcas ol\u00edmpicas mundiales o panamericanas, ii) 16% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Deportivos Panamericanos y\/o Campeonatos Federados Panamericanos y se ubiquen en los 3 primeros puestos o hayan establecido r\u00e9cords o marcas sudamericanas, iii) 12% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Deportivos Sudamericanos y\/o Campeonatos Federados Sudamericanos y que hayan obtenido medallas de oro y\/o plata o hayan establecido r\u00e9cords o marcas bolivarianas, iv) 8% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos y\/o Campeonatos Federados Sudamericanos y\/o participado en Juegos Deportivos Bolivarianos y obtenido medallas de oro y plata, v) 4% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Bolivarianos; deben presentar copia simple del documento oficial vigente emitido por la autoridad competente que acredite su condici\u00f3n de deportista calificado de alto nivel.<\/p>\n<p><b>6.5.2.6<\/b> El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, dentro del plazo establecido en el cronograma, para el desarrollo de la evaluaci\u00f3n descentralizada, realiza la verificaci\u00f3n del cumplimiento de requisitos y, de ser el caso, del derecho a recibir las bonificaciones de Ley correspondientes. Asimismo, absuelve los reclamos que presenten los postulantes respecto del proceso de verificaci\u00f3n e ingresa los resultados de la verificaci\u00f3n realizada en el aplicativo dispuesto por el Minedu.<\/p>\n<p><b>6.5.2.7<\/b> En caso el postulante no cumpla con acreditar los requisitos correspondientes dentro del plazo establecido, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n proceder\u00e1 a retirarlo del Concurso de Nombramiento, comunic\u00e1ndose dicha situaci\u00f3n al Minedu y al postulante, a trav\u00e9s del aplicativo respectivo.<\/p>\n<p><b>6.5.3 Aplicaci\u00f3n de los instrumentos de evaluaci\u00f3n de la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.3.1<\/b> El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, dentro del plazo establecido en el cronograma, procede a revisar la documentaci\u00f3n presentada por cada postulante como parte de del (los) expediente(s) mencionado(s) en el numeral 6.5.2.-1, a partir del cual valorar\u00e1 su Trayectoria Profesional y le asignar\u00e1 el puntaje correspondiente, seg\u00fan la matriz de valoraci\u00f3n presentada en el Anexo II: Modelo de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.3.2<\/b> Adem\u00e1s, los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n realizan la Observaci\u00f3n de Aula, la Entrevista y asigna los puntajes correspondientes, seg\u00fan lo establecido en el Anexo II: Modelo de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.3.3<\/b> Los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n deben ingresar los resultados de las evaluaciones a su cargo en el aplicativo dispuesto por el Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma. Cada Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n es responsable de los eventuales errores u omisiones en los que pudiera incurrir durante el ingreso de dichos resultados.<\/p>\n<p><b>6.5.4 Determinaci\u00f3n de los ganadores del Concurso de Nombramiento y Publicaci\u00f3n de resultados<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.4.1<\/b> Concluido el proceso de evaluaci\u00f3n descrito en el numeral 6.5.3, el Minedu procede a definir a los ganadores del Concurso de Nombramiento considerando el orden de m\u00e9rito por plaza a la que se postula, obtenido de la suma de los puntajes de la etapa nacional y la etapa descentralizada, seg\u00fan el algoritmo establecido en el Anexo II: Modelo de Evaluaci\u00f3n. En caso de que en una IE exista m\u00e1s de una plaza del mismo grupo de inscripci\u00f3n en concurso, se realizar\u00e1 una lista \u00fanica.<\/p>\n<p><b>6.5.4.2<\/b> En caso de empate en los puntajes finales se aplican los siguientes criterios de desempate, en el siguiente orden de prelaci\u00f3n:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Mayor puntaje en la Observaci\u00f3n de Aula.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Mayor puntaje en la subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Mayor puntaje en el rubro de Formaci\u00f3n de la Trayectoria Profesional.<\/p>\n<p><b>d)<\/b> Mayor puntaje en el rubro de Experiencia de la Trayectoria Profesional.<\/p>\n<p><b>e)<\/b> Mayor puntaje en el rubro de M\u00e9ritos de la Trayectoria Profesional.<\/p>\n<p><b>6.5.4.3<\/b> En caso un mismo postulante resulte ganador en m\u00e1s de una plaza de las que postul\u00f3, el Minedu de manera autom\u00e1tica le asignar\u00e1 la plaza con nivel de prioridad m\u00e1s alta, seg\u00fan la preferencia expresada por el propio postulante en el momento de efectuar la selecci\u00f3n de plazas.<\/p>\n<p><b>6.5.4.4<\/b> Los resultados del Concurso de Nombramiento son publicados por el Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, y difundidos por las IGED en sus locales, p\u00e1ginas web y medios de comunicaci\u00f3n a su alcance. La publicaci\u00f3n se realizar\u00e1 siguiendo el formato establecido por el Minedu.<\/p>\n<p><b>6.5.4.5<\/b> Los postulantes que resulten ganadores, deben presentar ante Mesa de Partes de la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada de los documentos presentados para acreditar los requisitos previstos en el numeral 5.7 de la presente Norma T\u00e9cnica, con excepci\u00f3n de los grados y t\u00edtulos y antecedentes penales y judiciales. En el caso del requisito previsto en el numeral 5.7.1.2 deben presentar el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada del certificado de salud respectivo. Asimismo, los postulantes deben presentar el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada de los documentos presentados para acreditar su trayectoria profesional, con excepci\u00f3n de los grados y t\u00edtulos que hayan acreditado con declaraci\u00f3n jurada; adem\u00e1s debe presentar, el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada de los documentos presentados para recibir las bonificaciones de Ley, de ser el caso. Los requisitos y criterios de la trayectoria profesionales acreditados por los postulantes mediante declaraci\u00f3n jurada deber\u00e1n ser verificados por la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, bajo responsabilidad.<\/p>\n<p><b>6.5.5 Emisi\u00f3n de resoluciones de nombramiento<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.5.1<\/b> Las DRE y UGEL que tengan condici\u00f3n de Unidad Ejecutora, seg\u00fan corresponda, emiten las respectivas resoluciones de nombramiento dentro del plazo establecido en el cronograma. Excepcionalmente, las resoluciones de nombramiento podr\u00e1n ser emitidas por las Unidades Operativas, siempre que la Unidad Ejecutora a la que pertenece delegue dichas facultades mediante Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.5.2<\/b> La omisi\u00f3n o retraso genera responsabilidad administrativa, y no afecta el derecho del postulante ganador. Las resoluciones de nombramiento deben ser emitidas necesariamente a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, caso contrario carecen de validez.<\/p>\n<p><b>6.5.5.3<\/b> Las resoluciones de nombramiento tendr\u00e1n efecto a partir del 01 de marzo de 2018 y deber\u00e1n ser debidamente notificadas por la DRE o UGEL al profesor nombrado. Este asumir\u00e1 el cargo en un plazo m\u00e1ximo de cinco (05) d\u00edas h\u00e1biles, caso contrario, incurre en abandono de cargo, debiendo iniciarse el proceso disciplinario correspondiente.<\/p>\n<p><b>6.5.5.4<\/b> Las plazas sometidas a concurso son declaradas desiertas por la DRE o UGEL cuando:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> No pudieron ser cubiertas en el marco del concurso de nombramiento.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> En caso de renuncia o retiro del postulante ganador de la plaza antes de la toma del cargo.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Por alguna causa no prevista en la presente norma que impida la culminaci\u00f3n del procedimiento de nombramiento o adjudicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>6.5.6 Etapa Excepcional para II.EE Unidocentes y Multigrado<\/b><\/p>\n<p><b>6.5.6.1<\/b> Las plazas declaradas desiertas de las II.EE. Unidocentes o Multigrado antes del desarrollo de esta etapa, ser\u00e1n ofertadas en un acto de adjudicaci\u00f3n p\u00fablica organizado por el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de la DRE o UGEL correspondiente, en la fecha establecida en el cronograma.<\/p>\n<p><b>6.5.6.2<\/b> Se podr\u00e1n presentar a dicho acto, ante el mismo Comit\u00e9 que los evalu\u00f3, los postulantes que superaron la evaluaci\u00f3n descentralizada y que acreditaron el cumplimiento de requisitos, y que pese a ello no alcanzaron una plaza de nombramiento. Dichos postulantes ser\u00e1n ordenados seg\u00fan su Puntaje Final y, por estricto orden de m\u00e9rito, podr\u00e1n seleccionar una de las plazas vacantes de las II.EE. Unidocentes o Multigrado, de la misma DRE o UGEL en la que fueron evaluados. En caso de empate en el orden de m\u00e9rito, se aplican los criterios de desempate del numeral 6.5.4.2.<\/p>\n<p><b>6.5.6.3<\/b> El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe ingresar en el aplicativo dispuesto por el Minedu, las plazas adjudicadas de las II.EE. Unidocentes y Multigrado, en la etapa excepcional.<\/p>\n<p><b>6.5.6.4<\/b> El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en su portal institucional los resultados de la Etapa Excepcional del Concurso de Nombramiento, seg\u00fan informaci\u00f3n remitida por los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n correspondientes, a trav\u00e9s del aplicativo dispuesto por el Minedu.<\/p>\n<p><b>6.5.6.5<\/b> Las DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda, emiten las resoluciones de designaci\u00f3n de ganadores de la etapa excepcional.<\/p>\n<p><b>6.5.6.6<\/b> Las plazas declaradas desiertas tras la etapa excepcional podr\u00e1n ser adjudicadas mediante contrato, de acuerdo a las disposiciones emitidas por el Minedu.<\/p>\n<p><b>6.6 ETAPA DE CONTRATACI\u00d3N DOCENTE<\/b><\/p>\n<p><b>6.6.1 Publicaci\u00f3n de plazas vacantes<\/b><\/p>\n<p>La relaci\u00f3n consolidada de plazas org\u00e1nicas vacantes puestas a concurso es publicada por el Minedu, conforme a la actualizaci\u00f3n realiza por las DRE y UGEL a trav\u00e9s del Sistema de Administraci\u00f3n y Control de Plazas NEXUS, dentro del plazo establecido en el cronograma.<\/p>\n<p><b>6.6.2 Selecci\u00f3n de la DRE o UGEL a la que se postula<\/b><\/p>\n<p><b>6.6.2.1<\/b> El postulante, desde el portal institucional del Minedu y dentro del plazo establecido en el cronograma, selecciona la DRE o UGEL de su preferencia, con plazas vacantes en el grupo de inscripci\u00f3n en el que dio la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p><b>6.6.2.2<\/b> El postulante es responsable de realizar oportuna y correctamente la selecci\u00f3n de la DRE o UGEL a la que postula. La no realizaci\u00f3n de esta actividad no permite determinar la DRE o UGEL a la que postula y conlleva a su retiro voluntario del concurso, en virtud a lo dispuesto en el numeral 5.8.1 de la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>6.6.2.3<\/b> El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica la relaci\u00f3n de postulantes por DRE o UGEL.<\/p>\n<p><b>6.6.3 Publicaci\u00f3n de los cuadros de m\u00e9rito<\/b><\/p>\n<p><b>6.6.3.1<\/b> Para el concurso de Contrataci\u00f3n Docente solo se considera como Puntaje Total el puntaje de la Prueba \u00danica Nacional (suma del puntaje de las 03 subpruebas).<\/p>\n<p><b>6.6.3.2<\/b> Para recibir la bonificaci\u00f3n por discapacidad (15% sobre el Puntaje Total obtenido), el postulante debe presentar ante la DRE o UGEL, dentro del plazo establecido en el cronograma, el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada del certificado de discapacidad otorgado por los m\u00e9dicos certificadores registrados de establecimientos de salud p\u00fablica y privada, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resoluci\u00f3n de Discapacidad vigente emitida por el CONADIS. La DRE o UGEL, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe revisar la documentaci\u00f3n entregada por los postulantes e ingresarla al aplicativo dispuesto por el Minedu, bajo responsabilidad.<\/p>\n<p><b>6.6.3.3<\/b> Para recibir la bonificaci\u00f3n por ser personal licenciado de las Fuerzas Armadas (10% sobre el Puntaje Total), el postulante debe presentar ante la UGEL, dentro del plazo establecido en el cronograma, el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condici\u00f3n de Licenciado de las Fuerzas Armadas. La DRE o UGEL, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe revisar la documentaci\u00f3n entregada por los postulantes e ingresarla al aplicativo dispuesto por el Minedu, bajo responsabilidad.<\/p>\n<p><b>6.6.3.4<\/b> Los postulantes a plazas de la especialidad de Educaci\u00f3n F\u00edsica, para recibir la bonificaci\u00f3n por ser reconocido como &#8220;Deportista Calificado de Alto Nivel&#8221;: i) 20% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Ol\u00edmpicos o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los 5 primeros puestos o hayan establecido r\u00e9cords o marcas ol\u00edmpicas mundiales o panamericanas, ii) 16% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Deportivos Panamericanos y\/o Campeonatos Federados Panamericanos y se ubiquen en los 3 primeros puestos o hayan establecido r\u00e9cords o marcas sudamericanas, iii) 12% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan participado en Juegos Deportivos Sudamericanos y\/o Campeonatos Federados Sudamericanos y que hayan obtenido medallas de oro y\/o plata o hayan establecido r\u00e9cords o marcas bolivarianas, iv) 8% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos y\/o Campeonatos Federados Sudamericanos y\/o participado en Juegos Deportivos Bolivarianos y obtenido medallas de oro y plata, v) 4% sobre el puntaje total obtenido en toda la evaluaci\u00f3n, para los postulantes que hayan obtenido medalla de bronce en Juegos Deportivos Bolivarianos; deben presentar el original y\/o copia certificada, legalizada y\/o autenticada del documento oficial vigente emitido por la autoridad competente que acredite su condici\u00f3n de deportista calificado de alto nivel.<\/p>\n<p><b>6.6.3.5<\/b> Los cuadros de m\u00e9rito son establecidos por DRE o UGEL, de acuerdo a la al grupo de inscripci\u00f3n seleccionado por el postulante, teniendo en cuenta su Puntaje Total con las bonificaciones de Ley correspondientes (Puntaje Final), los que ser\u00e1n publicados por el Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma.<\/p>\n<p><b>6.6.3.6<\/b> En el supuesto que dos (02) o m\u00e1s postulantes empaten, el orden de m\u00e9rito se establece considerando los siguientes criterios en orden de prelaci\u00f3n:<\/p>\n<p><b>a)<\/b> Aprobaci\u00f3n de la Observaci\u00f3n de Aula de la etapa descentralizada.<\/p>\n<p><b>b)<\/b> Mayor puntaje en la Subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad.<\/p>\n<p><b>c)<\/b> Mayor puntaje en la Subprueba de Comprensi\u00f3n Lectora.<\/p>\n<p><b>6.6.37<\/b> Los cuadros de m\u00e9rito que resulten del presente concurso de contrataci\u00f3n tienen vigencia para los procesos de contrataci\u00f3n que se realicen en el 2018 y 2019.<\/p>\n<p><b>7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS<\/b><\/p>\n<p><b>7.1<\/b> El Puntaje Final obtenido por los postulantes en el Concurso de Nombramiento es cancelatorio. Solo tiene efectos para dicho concurso. No genera ni otorga ning\u00fan derecho para cubrir vacante alguna en otra IE, fuera del mismo.<\/p>\n<p><b>7.2<\/b> Los profesores que ingresan a la primera escala magisterial, sin experiencia previa o menor a dos (2) a\u00f1os en la docencia p\u00fablica, participar\u00e1n en un programa de inducci\u00f3n no mayor de seis (6) meses, el cual tiene por finalidad fortalecer sus competencias profesionales y personales, facilitar su inserci\u00f3n laboral en la I.E. y promover su compromiso y responsabilidad institucional. El Minedu regular\u00e1 las condiciones y criterios para el programa de inducci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>7.3<\/b> El Minedu establece las disposiciones para la adjudicaci\u00f3n de plazas de contrataci\u00f3n docente, en norma espec\u00edfica.<\/p>\n<p><b>7.4<\/b> En el caso de las II.EE. que dependen directamente de la DRE, esta asume las funciones y responsabilidades asignadas a la UGEL por la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>7.5<\/b> En cualquier estado del proceso, en caso de que se compruebe la presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n adulterada o falsa, el postulante ser\u00e1 retirado por disposici\u00f3n de la IGED competente, estando impedido de participaren los concursos para contrataci\u00f3n o ingreso a la carrera docente por un periodo no menor de cinco (5) a\u00f1os, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan. En caso que la situaci\u00f3n descrita anteriormente sea detectada luego de haberse producido el nombramiento o la contrataci\u00f3n, la IGED procede a declarar la nulidad de dicho acto, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda, debiendo informar al MINEDU sobre las acciones adoptadas.<\/p>\n<p><b>7.6<\/b> En cualquier estado del proceso, en caso se compruebe la presentaci\u00f3n de declaraci\u00f3n falsa por parte del postulante, este ser\u00e1 retirado de los concursos por disposici\u00f3n del Minedu, la DRE\/GRE o UGEL o el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, seg\u00fan corresponda; sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan.<\/p>\n<p><b>7.7<\/b> En caso de detectarse que un postulante ha sido suplantado, \u00e9ste ser\u00e1 autom\u00e1ticamente descalificado, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y\/o penales que el Minedu adopte.<\/p>\n<p><b>7.8<\/b> Los profesores, los docentes contratados y los postulantes involucrados en la realizaci\u00f3n de cualquier acci\u00f3n dirigida a sustraer, reproducir en forma impresa o digital, en todo o en parte, los instrumentos o documentaci\u00f3n relativas a las evaluaciones de logros de aprendizaje de estudiantes de educaci\u00f3n b\u00e1sica o de las evaluaciones previstas en el art\u00edculo 13 de la LRM, antes, durante o despu\u00e9s de la aplicaci\u00f3n de las referidas evaluaciones, as\u00ed como cualquier otra acci\u00f3n dirigida a alterar o afectar sus resultados o a obtener beneficios para s\u00ed o para terceros, ser\u00e1n sancionados e impedidos de participar en las evaluaciones de ingreso a la carrera p\u00fablica magisterial y de contrataci\u00f3n docente, convocadas durante los siguientes cinco (05) a\u00f1os contados a partir de ocurridos los hechos.<\/p>\n<p><b>7.9<\/b> Las plazas que ser\u00e1n puestas a concurso de nombramiento, no podr\u00e1n ser consideradas el presente a\u00f1o para efectos del proceso de reasignaci\u00f3n regulado por la Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 582-2013-ED y sus modificatorias.<\/p>\n<p><b>7.10<\/b> Los recursos administrativos que se resuelvan en el marco de la Ley N\u00b0 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, no retrotraen las etapas de los concursos ya concluidas por el car\u00e1cter preelusivo de las mismas. Los miembros de los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n son responsables administrativa y\/o judicialmente de los actos que realicen en el marco de las funciones asignadas en los concursos.<\/p>\n<p><b>7.11<\/b> De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del art\u00edculo 4o de la Ley N\u00b0 29158, Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo, carece de validez legal, cualquier disposici\u00f3n legal o administrativa emitida por los Gobiernos Regionales que contravenga o modifique lo regulado en la presente Norma T\u00e9cnica.<\/p>\n<p><b>7.12<\/b> Para garantizar la transparencia, objetividad y confiabilidad de los procesos de los concursos, el Minedu vela por el resguardo y la custodia de los instrumentos de evaluaci\u00f3n de titularidad de \u00e9ste, los que conforman el banco de preguntas que podr\u00edan ser empleadas en futuros concursos y\/o evaluaciones docentes.<\/p>\n<p><b>7.13<\/b> Todo aquello que no sea contemplado por la presente norma ser\u00e1 resuelto por la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Docente.<\/p>\n<p><b>8 RESPONSABILIDADES<\/b><\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de la presente norma es responsabilidad del Minedu, los Gobiernos Regionales y sus IGED.<\/p>\n<p><b>9. ANEXOS<\/b><\/p>\n<p><b>Anexo I:<\/b><br \/>\nFormato de declaraci\u00f3n jurada de cumplimiento de requisitos.<\/p>\n<p><b>Anexo II:<\/b><br \/>\nModelo de evaluaci\u00f3n e instrumentos de los concursos<\/p>\n<p><b>Anexo III:<\/b><br \/>\nGrupos de inscripci\u00f3n y requisitos de formaci\u00f3n<\/p>\n<p><center><b>ANEXO I<\/p>\n<p>FORMATO DE DECLARACI\u00d3N JURADA DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS<\/b><\/center><br \/>\nYo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . identificado(a) con DNI N\u00b0. . . . . . . . . . . . . . , y con domicilio actual en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<\/p>\n<p><b>DECLARO BAJO JURAMENTO:<\/b><\/p>\n<p>\u2022 Poseer t\u00edtulo de profesor o de licenciado en educaci\u00f3n correspondiente a la modalidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nivel\/ciclo . . . . . . . . . . y\/o especialidad del grupo de inscripci\u00f3n elegido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (completar seg\u00fan corresponda).<\/p>\n<p>\u2022 Gozar de buena salud f\u00edsica y mental que permita ejercer la docencia,<\/p>\n<p>\u2022 No haber sido condenado por delito doloso,<\/p>\n<p>\u2022 No haber sido condenado por los delitos se\u00f1alados en la Ley N\u00b0 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas p\u00fablicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apolog\u00eda del terrorismo, delitos de violaci\u00f3n de la libertad sexual y delitos de tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas; crea el Registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apolog\u00eda del terrorismo, delitos de violaci\u00f3n de la libertad sexual y tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas y modifica los art\u00edculos 36 y 38 del C\u00f3digo Penal, y<\/p>\n<p>\u2022 No encontrarme inhabilitado por motivos de destituci\u00f3n, despido o resoluci\u00f3n judicial que as\u00ed lo indique;<\/p>\n<p>As\u00ed como, cumplir, para los requisitos antes se\u00f1alados, con todas las condiciones establecidas en el numeral 5.7 de la &#8220;Norma que regula los concursos p\u00fablicos de ingreso a la carrera p\u00fablica magisterial y de contrataci\u00f3n docente en instituciones educativas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica &#8211; 2017&#8221;, aprobada por R.S.G. N\u00b0&#8230;..-2017-MINEDU.<\/p>\n<p>Firmo la presente declaraci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 42 de la Ley N\u00b0 27444 &#8211; Ley de Procedimiento Administrativo General, y en caso de resultar falsa la informaci\u00f3n que proporciono, me sujeto a los alcances de lo establecido en el art\u00edculo 411\u00b0 del C\u00f3digo Penal, concordante con el art\u00edculo 32\u00b0 de la Ley N\u00b0 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; autorizo a efectuar la comprobaci\u00f3n de la veracidad de la informaci\u00f3n declarada en el presente documento.<\/p>\n<p>En fe de lo cual firmo la presente.<\/p>\n<p>En . . . . . . . . . . el . . . . . . . . . . de . . . . . . . . . . de 2017<\/p>\n<p>FIRMA<\/p>\n<p>DNI:<\/p>\n<p><center><b>ANEXO II. MODELO DE EVALUACI\u00d3N E INSTRUMENTOS DE LOS CONCURSOS<\/b><\/center><br \/>\n<b>1. ETAPA NACIONAL<\/b><\/p>\n<p>En esta etapa se aplica la Prueba \u00danica Nacional requerida para postular tanto al Concurso de Nombramiento como al Concurso de Contrataci\u00f3n Docente. Dicha prueba est\u00e1 compuesta por 3 subpruebas: Subprueba de Razonamiento L\u00f3gico, Subprueba de Comprensi\u00f3n lectora y Subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad.<\/p>\n<p>Todos los postulantes rinden la Prueba \u00danica Nacional, pero solo aquellos que logren superar los puntajes m\u00ednimos requeridos en cada una de las tres subpruebas que la componen quedan habilitados para postular a una de las plazas org\u00e1nicas dispuestas en el Concurso de Nombramiento, pasando a la etapa descentralizada.<\/p>\n<p>Para el Concurso de Contrataci\u00f3n Docente, los postulantes son ordenados en funci\u00f3n del puntaje obtenido en esta prueba y, en acto p\u00fablico de adjudicaci\u00f3n, pueden elegir en estricto orden de m\u00e9rito la plaza vacante de su preferencia entre aquellas disponibles para el grupo de inscripci\u00f3n que eligieron en la DRE o UGEL seleccionada por ellos mismos.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional se realiza en fecha determinada por el cronograma en los locales de evaluaci\u00f3n dispuestos para este efecto en todas las regiones del pa\u00eds. Para responder a esta prueba, se ha asignado un tiempo m\u00e1ximo de 4 horas con 30 minutos. En la aplicaci\u00f3n, el postulante recibe las pruebas en formato impreso y debe colocar sus respuestas en la Ficha de Respuesta que le es entregada en el aula.<\/p>\n<p>El cuadro a continuaci\u00f3n muestra la composici\u00f3n de la prueba que se aplica en esta etapa.<\/p>\n<p><center><b>Cuadro 1. Composici\u00f3n de la Prueba \u00danica Nacional<\/b><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"t1\">Subprueba<\/td>\n<td class=\"t1\">N\u00famero de \u00edtems<\/td>\n<td class=\"t1\">Valor del \u00edtem<\/td>\n<td class=\"t1\">Puntaje m\u00e1ximo<\/td>\n<td class=\"t1\">Puntaje m\u00ednimo requerido (requisito solo para Concurso de Nombramiento)<\/td>\n<td class=\"t1\">Tiempo estimado de respuesta<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Comprensi\u00f3n lectora<\/td>\n<td>25<\/td>\n<td>2<\/td>\n<td>50<\/td>\n<td>30<\/td>\n<td>1 hora<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Razonamiento L\u00f3gico<\/td>\n<td>25<\/td>\n<td>2<\/td>\n<td>50<\/td>\n<td>30<\/td>\n<td>1 hora<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad<\/td>\n<td>40<\/td>\n<td>2,5<\/td>\n<td>100<\/td>\n<td>60<\/td>\n<td>2 horas<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center><br \/>\n<b>1.1. Subprueba de Comprensi\u00f3n lectora<\/b><\/p>\n<p>Eval\u00faa la capacidad del postulante para reconstruir el significado de textos de diversos tipos y formatos. En particular, eval\u00faa la capacidad de ubicar informaci\u00f3n expl\u00edcita en textos complejos, integrar informaci\u00f3n de un texto para inferir su tema, su prop\u00f3sito o las relaciones l\u00f3gicas impl\u00edcitas entre sus distintos componentes, y, reflexionar cr\u00edticamente sobre el contenido y la forma de textos diversos.<\/p>\n<p>Consta de un total de veinticinco (25) \u00edtems. Cada \u00edtem correctamente respondido otorga al postulante dos (02) puntos, de forma que el puntaje m\u00e1ximo es de cincuenta (50) puntos. En el Concurso de Nombramiento, para superar esta subprueba el postulante debe responder correctamente al menos quince (15) \u00edtems, de modo que su puntaje sea como m\u00ednimo treinta (30) puntos.<\/p>\n<p><b>1.2 Subprueba de Razonamiento L\u00f3gico<\/b><\/p>\n<p>Eval\u00faa la capacidad del postulante para construir soluciones y resolver problemas, estructurar premisas para realizar deducciones e identificar argumentos l\u00f3gicos que las fundamentan. En particular, eval\u00faa la capacidad de resolver situaciones que demandan aplicar razonamientos inductivos, deductivos y relaci\u00f3nales, interpretar informaci\u00f3n cuantitativa, operar con cantidades, y, evaluar la conformaci\u00f3n de agrupamientos.<\/p>\n<p>Consta de un total de veinticinco (25) \u00edtems. Cada \u00edtem correctamente respondido otorga al postulante dos (02) puntos, de forma que el puntaje m\u00e1ximo es de cincuenta (50) puntos. En el Concurso de Nombramiento, para superar esta subprueba el postulante debe responder correctamente al menos quince (15) \u00edtems, de modo que su puntaje sea como m\u00ednimo treinta (30) puntos.<\/p>\n<p><b>1.3. Subprueba de Conocimientos Pedag\u00f3gicos de la Especialidad<\/b><\/p>\n<p>Eval\u00faa el conocimiento pedag\u00f3gico del postulante a partir de situaciones propias de la pr\u00e1ctica docente. En particular, eval\u00faa el conocimiento de principios pedag\u00f3gicos fundamentales que permiten la construcci\u00f3n del aprendizaje, de acuerdo con los enfoques y principios se\u00f1alados en los documentos curriculares actuales as\u00ed como la comprensi\u00f3n de las teor\u00edas del aprendizaje y del desarrollo humano vigentes y los fines y principios de la educaci\u00f3n peruana.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, eval\u00faa conocimientos pedag\u00f3gicos relacionados con la did\u00e1ctica espec\u00edfica, as\u00ed como los conocimientos disciplinares de la especialidad a su cargo; y que son puestos en uso para promover el desarrollo de las competencias y capacidades propuestas en los documentos curriculares vigentes. Estos conocimientos se eval\u00faan en situaciones problem\u00e1ticas puestas en contexto educativo e implican la comprensi\u00f3n del enfoque de competencias y transversales propuestos en el Curr\u00edculo Nacional, los est\u00e1ndares de aprendizaje, y el manejo de estrategias que favorezcan el logro de los aprendizajes involucrados teniendo en cuenta las necesidades educativas de los estudiantes en sus procesos de aprendizaje.<\/p>\n<p>Consta de un total de cuarenta (40) \u00edtems. Cada \u00edtem correctamente respondido otorga al postulante dos puntos y medio (2,5), de forma que el puntaje m\u00e1ximo es de cien (100) puntos. En el Concurso de Nombramiento, para superar esta subprueba el postulante debe responder correctamente al menos veinticuatro (24) \u00edtems, de modo que su puntaje sea como m\u00ednimo sesenta (60) puntos.<\/p>\n<p><b>2. ETAPA DESCENTRALIZADA<\/b><\/p>\n<p>La etapa descentralizada se aplica solo a aquellos postulantes que superaron los puntajes m\u00ednimos establecidos en cada una de las tres subpruebas aplicadas en la etapa nacional y que est\u00e1n interesados en concursar por alguna de las plazas disponibles para nombramiento pertenecientes al grupo de inscripci\u00f3n en el que fueron evaluados en la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p>En esta etapa se eval\u00faan la capacidad did\u00e1ctica y se valora la trayectoria profesional (formaci\u00f3n profesional, m\u00e9ritos, experiencia profesional) de los postulantes. Estos aspectos son evaluados por el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de la IE en el caso de que la plaza en concurso pertenezca a una IE polidocente completa. En el caso de que la plaza pertenezca a una IE multigrado o unidocente, los postulantes son evaluados por el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n de la DRE o UGEL, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>Para efectos de esta evaluaci\u00f3n, definiremos la capacidad did\u00e1ctica como la capacidad del docente para generar aprendizajes significativos en un ambiente de clase positivo que promueva la participaci\u00f3n activa de sus estudiantes, demostrando vocaci\u00f3n docente y afinidad con el proyecto de la IE. La capacidad did\u00e1ctica es evaluada por medio de dos instrumentos: la observaci\u00f3n del desempe\u00f1o del postulante frente a los estudiantes en el aula y una entrevista.<\/p>\n<p>Por su parte, la trayectoria profesional es valorada por el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n mediante un Registro de Trayectoria Profesional (lista de chequeo) que permite calificar de forma estandarizada la formaci\u00f3n, m\u00e9ritos y experiencia profesional acreditada por el postulante.<\/p>\n<p><center><b>Cuadro 2. Etapa descentralizada (solo para Concurso de Nombramiento)<\/b><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"t1\">Dimensi\u00f3n<\/td>\n<td class=\"t1\">Instrumento<\/td>\n<td class=\"t1\">Puntaje M\u00e1ximo<\/td>\n<td class=\"t1\">Puntaje m\u00ednimo requerido<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">Capacidad Did\u00e1ctica<\/td>\n<td>Observaci\u00f3n de Aula<\/td>\n<td>50<\/td>\n<td>30<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entrevista<\/td>\n<td>25<\/td>\n<td>&#8211;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Trayectoria Profesional<\/td>\n<td>Valoraci\u00f3n de la Trayectoria Profesional (lista de chequeo)<\/td>\n<td>25<\/td>\n<td>&#8211;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center><br \/>\n<b>2.1. Observaci\u00f3n de Aula<\/b><\/p>\n<p><b>2.1.1.<\/b> Condiciones:<\/p>\n<p>Se realizan como m\u00ednimo una (01) y como m\u00e1ximo dos (02) observaciones por postulante, seg\u00fan lo determine el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2022 Para las plazas de EBR y EBA la observaci\u00f3n de aula toma 60 minutos.<\/p>\n<p>\u2022 Para el grupo de inscripci\u00f3n de EBE, cada observaci\u00f3n incluye, actividades de la vida cotidiana y una sesi\u00f3n de aprendizaje. La extensi\u00f3n temporal es acordada con el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n considerando las caracter\u00edsticas del grupo.<\/p>\n<p>El postulante debe ser evaluado en el desarrollo de sesiones de aprendizaje de la especialidad a la que postula.<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n proporciona la informaci\u00f3n que considera necesaria para que los postulantes a una misma plaza puedan planificar y desarrollar su clase en igualdad de condiciones, informando como m\u00ednimo sobre las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p>\u2022 Grado del grupo de aula.<\/p>\n<p>\u2022 Cantidad de estudiantes y caracter\u00edsticas principales del grupo.<\/p>\n<p>\u2022 Presencia de estudiantes con necesidades educativas especiales o con discapacidad, de haberlos.<\/p>\n<p>\u2022 Materiales y recursos disponibles para desarrollar su clase.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n organiza una reuni\u00f3n entre el postulante y el profesor a cargo del grupo de aula que le sea asignado para conocer el estado de avance de la programaci\u00f3n curricular. En el caso de Educaci\u00f3n B\u00e1sica Especial, el profesor a cargo del grupo de aula deber\u00e1 proporcionar en esta reuni\u00f3n las caracter\u00edsticas de los estudiantes. La reuni\u00f3n debe realizarse fuera del horario de clases, en presencia de al menos un integrante del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n y en ella se define la sesi\u00f3n de aprendizaje que el postulante desarrollar\u00e1. El postulante contar\u00e1 con la informaci\u00f3n al menos con dos (2) d\u00edas de antelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalmente, el d\u00eda de la observaci\u00f3n de aula, el postulante debe presentarse al menos con quince (15) minutos de antelaci\u00f3n y entregar al Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n la planificaci\u00f3n de la sesi\u00f3n que desarrollar\u00e1.<\/p>\n<p><b>2.1.2.<\/b> Desempe\u00f1os que ser\u00e1n evaluados (Competencias 3, 4, 5 MBDD):<\/p>\n<p>La observaci\u00f3n de aula se desarrolla empleando un instrumento que mide seis desempe\u00f1os sustantivos del ejercicio docente. Para realizarla el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n contar\u00e1 con r\u00fabricas o pautas de observaci\u00f3n que definen cuatro niveles: insatisfactorio, en proceso, satisfactorio, destacado. Los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n recibir\u00e1n los manuales y capacitaci\u00f3n necesarios para la correcta aplicaci\u00f3n de las rubricas. Los cuadros 3 y 4 presentan los aspectos ser\u00e1n evaluados en las diferentes modalidades.<\/p>\n<p><center><b>Cuadro 3. Desempe\u00f1os a ser observados &#8211; Modalidad EBR y EBA<\/b><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td><b>1. Involucra activamente a los estudiantes en el proceso de aprendizaje.<\/b><br \/>\nLogra la participaci\u00f3n activa y el inter\u00e9s de los estudiantes por las actividades propuestas, ayud\u00e1ndolos a ser conscientes del sentido, importancia o utilidad de lo que se aprende.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>2. Maximiza el tiempo dedicado al aprendizaje.<\/b><br \/>\nUsa de manera efectiva el tiempo, logrando que, durante toda o casi toda la sesi\u00f3n los estudiantes est\u00e9n ocupados en actividades de aprendizaje.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>3. Promueve el razonamiento, la creatividad y\/o el pensamiento cr\u00edtico.<\/b><br \/>\nPropone actividades de aprendizaje y establece interacciones pedag\u00f3gicas que estimulan la formulaci\u00f3n creativa de ideas o productos propios, la comprensi\u00f3n de principios, el establecimiento de relaciones conceptuales o el desarrollo de estrategias.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>4. Eval\u00faa el progreso de los aprendizajes para retroalimentar a los estudiantes y adecuar su ense\u00f1anza.<\/b><br \/>\nAcompa\u00f1a el proceso de aprendizaje de los estudiantes, monitoreando sus avances y dificultades en el logro de los aprendizajes esperados en la sesi\u00f3n y, a partir de esto, les brinda retroalimentaci\u00f3n formativa y\/o adec\u00faa las actividades de la sesi\u00f3n a las necesidades de aprendizaje identificadas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>5. Propicia un ambiente de respeto y proximidad.<\/b><br \/>\nSe comunica de manera respetuosa con los estudiantes y les transmite calidez o cordialidad dentro del aula. Adem\u00e1s, est\u00e1 atento y es sensible a sus necesidades afectivas o f\u00edsicas, identific\u00e1ndolas y respondiendo a ellas con comprensi\u00f3n y empat\u00eda.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>6. Regula positivamente el comportamiento de los estudiantes.<\/b><br \/>\nLas expectativas de comportamiento o normas de convivencia son claras para los estudiantes. El docente previene el comportamiento inapropiado o lo redirige eficazmente a trav\u00e9s de mecanismos positivos que favorecen el buen comportamiento y permiten que la sesi\u00f3n se desarrolle sin mayores contratiempos.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center>&nbsp;<\/p>\n<p><center><b>Cuadro 4. Desempe\u00f1os a ser observados &#8211; Modalidad EBE<\/b><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td><b>1. Involucra activamente a los estudiantes en el proceso de aprendizaje.<\/b><br \/>\nGenera la atenci\u00f3n e inter\u00e9s de los estudiantes durante el desarrollo de la sesi\u00f3n, logrando su participaci\u00f3n activa en las actividades de aprendizaje.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>2. Maximiza el tiempo dedicado al aprendizaje.<\/b><br \/>\nUsa de manera efectiva el tiempo logrando que, durante toda o casi toda la sesi\u00f3n, los estudiantes est\u00e9n ocupados en actividades de aprendizaje.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>3. Promueve el establecimiento de relaciones conceptuales, la creatividad y la autonom\u00eda.<\/b><br \/>\nPromueve el establecimiento de relaciones conceptuales y el desarrollo de la creatividad y autonom\u00eda a trav\u00e9s de actividades de aprendizaje.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>4. Eval\u00faa el progreso de los aprendizajes para retroalimentar a los estudiantes y adecuar su ense\u00f1anza.<\/b><br \/>\nAcompa\u00f1a el proceso de aprendizaje de los estudiantes, monitoreando sus avances y dificultades en el logro de los aprendizajes esperados en la sesi\u00f3n y, a partir de esto, les brinda retroalimentaci\u00f3n y\/o adec\u00faa las actividades de la sesi\u00f3n de acuerdo a las necesidades de aprendizaje identificadas.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>5. Propicia un ambiente de respeto y proximidad.<\/b><br \/>\nSe comunica de manera respetuosa con los estudiantes y les transmite calidez. Adem\u00e1s, est\u00e1 atento y es sensible a sus necesidades afectivas o f\u00edsicas, identific\u00e1ndolas y respondiendo a ellas con comprensi\u00f3n y empat\u00eda.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b>6. Regula positivamente el comportamiento de los estudiantes.<\/b><br \/>\nComunica las expectativas de conducta o normas de convivencia a los estudiantes, as\u00ed como, previene el comportamiento inapropiado o lo redirige eficazmente a trav\u00e9s de mecanismos positivos que favorecen el buen comportamiento y permiten que la sesi\u00f3n se de en un clima adecuado.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center><br \/>\nEl puntaje m\u00e1ximo de la Observaci\u00f3n de Aula es de cincuenta (50) puntos y el puntaje m\u00ednimo requerido es de treinta (30) puntos.<\/p>\n<p><b>2.2. Entrevista<\/b><\/p>\n<p>En la entrevista se eval\u00faan los siguientes aspectos:<\/p>\n<p>\u2022 Afinidad con el proyecto de la IE (Competencia 6 MBDD). Este aspecto busca evaluar el potencial del postulante para participar activamente, con actitud democr\u00e1tica, cr\u00edtica y colaborativa, en la gesti\u00f3n pedag\u00f3gica de la I.E, contribuyendo a la construcci\u00f3n y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional con el prop\u00f3sito de generar aprendizajes de calidad. Se valora en este aspecto la afinidad que el postulante muestra con los valores y principios de la I.E, as\u00ed como su capacidad de aportar constructivamente desde sus habilidades y caracter\u00edsticas personales al fortalecimiento del proyecto. De estimarlo necesario, el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n podr\u00e1 poner a prueba estas habilidades para calificar mejor a los postulantes. Por ejemplo: si una IE valora de forma especial el manejo de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n (TIC) puede incluir la evaluaci\u00f3n de dicha habilidad y considerarla como parte del puntaje de la entrevista.<\/p>\n<p>\u2022 Vocaci\u00f3n docente (Competencias 8 y 9 MBDD). Este aspecto busca valorar el potencial del postulante para desarrollarse como un profesional \u00e9tico, comprometido, fuertemente motivado con la profesi\u00f3n docente, y orientado hacia la b\u00fasqueda del bienestar del estudiante como eje central de su labor. Se eval\u00faa su capacidad de reflexionar sobre su pr\u00e1ctica y su inter\u00e9s por participar en experiencias significativas de desarrollo profesional orientadas a responder a las necesidades de los estudiantes y de la IE. Tambi\u00e9n se valora que el postulante muestre altas expectativas frente al potencial de aprendizaje de los estudiantes y que entienda su rol transformador; as\u00ed como la importancia de la funci\u00f3n social de su profesi\u00f3n.<\/p>\n<p>El Minedu proporciona a los Comit\u00e9s de Evaluaci\u00f3n una gu\u00eda de entrevista, la cual puede ser tomada como modelo y adaptada para fines de ajustarse a las caracter\u00edsticas propias de la IE. El puntaje m\u00e1ximo de este instrumento es de veinticinco (25) puntos. Este instrumento no tiene puntaje m\u00ednimo requerido.<\/p>\n<p><b>2.3. Valoraci\u00f3n de la Trayectoria Profesional (lista de chequeo)<\/b><\/p>\n<p>Este instrumento se aplica para el Concurso de Nombramiento, mediante el cual se eval\u00faa tres (3) aspectos:<\/p>\n<p>\u2022 Formaci\u00f3n Acad\u00e9mica y Profesional.<\/p>\n<p>\u2022 M\u00e9ritos.<\/p>\n<p>\u2022 Experiencia Profesional.<\/p>\n<p>El puntaje m\u00e1ximo de este instrumento es de veinticinco (25) puntos. Este instrumento no tiene puntaje m\u00ednimo requerido.<\/p>\n<p>El postulante deber\u00e1 completar la informaci\u00f3n sobre su Trayectoria Profesional en el aplicativo digital proporcionado por el Minedu a trav\u00e9s de su portal institucional, de acuerdo a las pautas que les ser\u00e1n comunicadas oportunamente.<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n de sustento de la informaci\u00f3n declarada en el formato, ser\u00e1 presentada ante el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n, el cual verificar\u00e1 y calificar\u00e1 la Trayectoria Profesional considerando los valores que se presentan en la matriz siguiente:<\/p>\n<p><center><b>MATRIZ DE VALORACI\u00d3N DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL<\/b><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"t1\">RUBRO<\/td>\n<td class=\"t1\">CRITERIO<\/td>\n<td class=\"t1\">SUB CRITERIO<\/td>\n<td class=\"t1\">DOCUMENTO CON EL QUE SE ACREDITA<\/td>\n<td class=\"t1\">PUNTAJE M\u00c1XIMO POR CRITERIO<\/td>\n<td class=\"t1\">PUNTAJE M\u00c1XIMO POR RUBRO<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\" rowspan=\"5\">1. FORMACI\u00d3N ACAD\u00c9MICA Y PROFESIONAL<\/td>\n<td rowspan=\"4\">1.1 Estudios de Post-grado. (Seleccione solo el m\u00e1ximo grado acad\u00e9mico obtenido)<\/td>\n<td>[] Grado de Doctor. (8 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del t\u00edtulo de grado acad\u00e9mico o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I.<\/td>\n<td rowspan=\"4\">8<\/td>\n<td rowspan=\"5\">10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>[] Estudios concluidos de doctorado. (6 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del certificado de estudios<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>[] Grado de Maestro\/Mag\u00edster. (4 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del t\u00edtulo de grado acad\u00e9mico o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>[] Estudios concluidos de maestr\u00eda. (2 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del certificado de estudios<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.2 T\u00edtulo profesional pedag\u00f3gico de segunda especialidad* (2 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del profesional pedag\u00f3gico de segunda especialidad o con el original de la declaraci\u00f3n jurada debidamente firmada por el postulante, que asevera que posee dicho t\u00edtulo, seg\u00fan formato del Anexo I.<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\" rowspan=\"2\">2. M\u00c9RITOS<\/td>\n<td colspan=\"2\">2.1 Reconocimiento por haber participado en concursos escolares Regionales o Nacionales convocados por el Minedu. (2 puntos)<\/td>\n<td>Acreditado por copia simple de la Resoluci\u00f3n Ministerial o Resoluci\u00f3n Directoral Regional.<\/td>\n<td>2<\/td>\n<td rowspan=\"2\">5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.2 Libro en autor\u00eda o coautor\u00eda. (3 puntos)<\/td>\n<td>Copia simple del documento de Registro de INDECOPI o dep\u00f3sito legal de la Biblioteca Nacional o ISBN.<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\" rowspan=\"2\">3. EXPERIENCIA PROFESIONAL<\/td>\n<td colspan=\"2\">3.1 Experiencia docente en IE de educaci\u00f3n b\u00e1sica. Dos (2) puntos por cada a\u00f1o lectivo.<\/td>\n<td>Copia simple del contrato o recibos por honorarios, para las IE privadas; y con la resoluci\u00f3n que aprueba el contrato y las boletas o constancias de pago, para las IE p\u00fablicas.<\/td>\n<td>8<\/td>\n<td rowspan=\"2\">10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">3.2 Experiencia como director en IE de educaci\u00f3n b\u00e1sica. Un (1) punto por cada a\u00f1o lectivo.<\/td>\n<td>Copia simple del contrato o recibos por honorarios, para las IE privadas, u oficio o resoluci\u00f3n de encargatura de direcci\u00f3n, otorgado por la DRE o UGEL, para las IE p\u00fablicas.<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"5\">PUNTAJE TOTAL DE MATRIZ DE VALORACI\u00d3N DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL<\/td>\n<td class=\"t1\">25<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center><br \/>\n<i>* EI t\u00edtulo pedag\u00f3gico o de segunda especialidad con el que postula no otorga puntaje.<\/i><\/p>\n<p><b>3. OBTENCI\u00d3N DEL PUNTAJE FINAL<\/b><\/p>\n<p>La obtenci\u00f3n del <b>Puntaje Total<\/b> para el establecimiento del orden m\u00e9rito en el concurso de nombramiento se realiza sumando el puntaje de la Prueba \u00danica Nacional y el puntaje de la etapa descentralizada. De modo que el Puntaje Total m\u00e1ximo es de trescientos (300) puntos. Mientras que para el concurso de Contrataci\u00f3n Docente solo se considera como Puntaje Total el puntaje de la Prueba \u00danica Nacional.<\/p>\n<p>En cualquiera de los dos concursos, para establecer el <b>Puntaje Final<\/b>, al Puntaje Total se le aplican las bonificaciones de Ley cuyo derecho acredite tener el postulante: por ser persona con condici\u00f3n de discapacidad, por ser licenciado de las Fuerzas Armadas y\/o por ser deportista calificado de alto nivel.<\/p>\n<p><center><b>ANEXO III. GRUPOS DE INSCRIPCI\u00d3N Y REQUISITOS DE FORMACI\u00d3N<\/b><\/center>&nbsp;<\/p>\n<p><center><\/p>\n<table class=\"data2\">\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"t1\" rowspan=\"2\" width=\"5%\">N\u00b0<\/td>\n<td class=\"t1\" colspan=\"3\">GRUPOS DE INSCRIPCI\u00d3N<\/td>\n<td class=\"t1\" width=\"60%\">REQUISITOS DE FORMACI\u00d3N<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t1\" width=\"7%\">Modalidad<\/td>\n<td class=\"t1\" width=\"10%\">Nivel \/ Ciclo<\/td>\n<td class=\"t1\" width=\"15%\">\u00c1rea<\/td>\n<td class=\"t1\">T\u00edtulo profesional pedag\u00f3gico o de segunda especialidad con menci\u00f3n en:<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">1<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Inicial<\/td>\n<td>&#8212;&#8211;<\/td>\n<td>\u2022 Inicial<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n inicial<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n primaria con estudios concluidos de segunda especialidad en educaci\u00f3n inicial y con experiencia m\u00ednima de dos (02) a\u00f1os lectivos en el nivel inicial.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">2<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Primaria<\/td>\n<td>&#8212;&#8211;<\/td>\n<td>\u2022 Primaria<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n primaria<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">3<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Primaria<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n F\u00edsica<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n F\u00edsica<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">4<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Primaria<\/td>\n<td>Innovaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica<sup><b>1<\/b><\/sup><\/td>\n<td>Educaci\u00f3n Primaria con capacitaci\u00f3n (m\u00ednimo de 40 horas lectivas) o diplomado (m\u00ednimo de 90 horas lectivas) en Computaci\u00f3n e Inform\u00e1tica o en Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n aplicados a la Educaci\u00f3n y experiencia docente m\u00ednima de 02 a\u00f1os lectivos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">5<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Matem\u00e1tica<\/td>\n<td>\u2022 Matem\u00e1tica<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">6<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Ciencia Sociales<\/td>\n<td>\u2022 Historia y Geograf\u00eda<br \/>\n\u2022 Historia<br \/>\n\u2022 Geograf\u00eda<br \/>\n\u2022 Econom\u00eda o afines<br \/>\n\u2022 Ciencias Sociales<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">7<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Desarrollo Personal, Ciudadan\u00eda y C\u00edvica<\/td>\n<td>\u2022 Ciencias Sociales<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n C\u00edvica<br \/>\n\u2022 Historia<br \/>\n\u2022 Geograf\u00eda<br \/>\n\u2022 Filosof\u00eda<br \/>\n\u2022 Psicolog\u00eda \u2022 Educaci\u00f3n Familiar<br \/>\n\u2022 Orientaci\u00f3n y Bienestar del Educando<br \/>\n\u2022 Persona, Familia y Relaciones Humanas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">8<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Ciencia y Tecnolog\u00eda<\/td>\n<td>\u2022 Ciencias Naturales.<br \/>\n\u2022 Biolog\u00eda<br \/>\n\u2022 F\u00edsica<br \/>\n\u2022 Qu\u00edmica<br \/>\n\u2022 Ciencia, Tecnolog\u00eda y Ambiente<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\"><\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Ingl\u00e9s<\/td>\n<td>\u2022 Ingl\u00e9s<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n en ingl\u00e9s como lengua extranjera<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n lengua inglesa<br \/>\n\u2022 Lengua extranjera<sup><b>2<\/b><\/sup><br \/>\n\u2022 Idiomas, especialidad: Ingl\u00e9s<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">10<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n F\u00edsica<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n F\u00edsica<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"5\" scope=\"row\">\n<div id=\"data1\">&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-<br \/>\n<b>1<\/b> <i>El presente grupo de inscripci\u00f3n solo se considerar\u00e1 para participar en el concurso de Contrataci\u00f3n Docente.<\/i><\/p>\n<p><b>2<\/b> <i>Para el caso de las menciones en Lengua Extranjera o similares se deber\u00e1 acreditar el idioma Ingl\u00e9s como parte de la formaci\u00f3n inicial.<\/i><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">11<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Comunicaci\u00f3n<\/td>\n<td>\u2022 Comunicaci\u00f3n<br \/>\n\u2022 Lengua y Literatura<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">12<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n Religiosa<\/td>\n<td>\u2022 Religi\u00f3n<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n Religiosa<br \/>\n\u2022 T\u00edtulo Pedag\u00f3gico en cualquier modalidad, nivel y especialidad que acredite adem\u00e1s estudios en una escuela superior de Educaci\u00f3n Religiosa &#8211; ESER<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">13<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n para el Trabajo<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n para el Trabajo<br \/>\n\u2022 T\u00edtulo pedag\u00f3gico de cualquier modalidad, nivel y especialidad, que acredite adem\u00e1s como m\u00ednimo t\u00edtulo profesional t\u00e9cnico en una especialidad y\/o estudios universitarios (m\u00ednimo estudios concluidos de VI ciclo) de una profesi\u00f3n que demande la Instituci\u00f3n educativa.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">14<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Arte y Cultura<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n por el arte<br \/>\n\u2022 Arte<br \/>\n\u2022 Art\u00edstica<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n Art\u00edstica, especialidad Artes Visuales<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n Art\u00edstica, especialidad Teatro<br \/>\n\u2022 Educaci\u00f3n Art\u00edstica, especialidad Danza<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">15<\/td>\n<td>EBR<\/td>\n<td>Secundaria<\/td>\n<td>Innovaci\u00f3n Pedag\u00f3gica<sup><b>1<\/b><\/sup><\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n Secundaria con capacitaci\u00f3n (m\u00ednimo de 40 horas lectivas) o diplomado (m\u00ednimo de 90 horas lectivas) en computaci\u00f3n e Inform\u00e1tica o en Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n aplicados a la Educaci\u00f3n y experiencia docente m\u00ednima de 02 a\u00f1os lectivos. \u2022 Educaci\u00f3n Secundaria con menci\u00f3n en computaci\u00f3n e Inform\u00e1tica y con capacitaci\u00f3n (m\u00ednimo de 40 horas lectivas) o diplomado (m\u00ednimo de 90 horas lectivas) en Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y la Comunicaci\u00f3n aplicados a la Educaci\u00f3n y experiencia docente m\u00ednima de 02 a\u00f1os lectivos.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">16<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Inicial\/Intermedio<\/td>\n<td>&#8212;&#8211;<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa.<br \/>\n\u2022 Primaria con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo inicial\/intermedio del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 Primaria y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">17<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Comunicaci\u00f3n Integral<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Comunicaci\u00f3n, Lengua y Literatura) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"5\" scope=\"row\">\n<div id=\"data1\">&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-<br \/>\n1 <i>El presente grupo de inscripci\u00f3n solo ser\u00e1 elegido para participaren el concurso de Contrataci\u00f3n Docente<\/i><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\"><\/td>\n<td><\/td>\n<td><\/td>\n<td><\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">18<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Matem\u00e1tica<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Matem\u00e1tica, Matem\u00e1tica y F\u00edsica, Matem\u00e1tica Inform\u00e1tica) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Matem\u00e1tica, Matem\u00e1tica y F\u00edsica, Matem\u00e1tica Inform\u00e1tica) y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">19<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Ciencias<br \/>\nSociales<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ciencias Sociales, Historia, Geograf\u00eda, Educaci\u00f3n C\u00edvica, Filosof\u00eda, Econom\u00eda o afines) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ciencias Sociales, Historia, Geograf\u00eda, Educaci\u00f3n C\u00edvica, Filosof\u00eda, Econom\u00eda o afines) y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">20<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Ciencia, Ambiente y Salud<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ciencias Naturales, Biolog\u00eda, F\u00edsica, Qu\u00edmica) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ciencias Naturales, Biolog\u00eda, F\u00edsica, Qu\u00edmica) y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">21<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n<br \/>\nReligiosa<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad de Religi\u00f3n, Educaci\u00f3n Religiosa o en cualquier modalidad, nivel, ciclo y especialidad que acredite adem\u00e1s estudios en una escuela superior de educaci\u00f3n religiosa &#8211; ESER y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad de Religi\u00f3n, Educaci\u00f3n Religiosa o en cualquier modalidad, nivel, ciclo y especialidad que acredite adem\u00e1s estudios en una escuela superior de educaci\u00f3n religiosa &#8211; ESER y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">22<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Idioma Extranjero (Ingl\u00e9s)<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ingl\u00e9s o Lengua Extranjera2) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que postula (Ingl\u00e9s o Lengua Extranjera2) y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">23<\/td>\n<td>EBA<\/td>\n<td>Avanzado<\/td>\n<td>Educaci\u00f3n para el Trabajo<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que (Educaci\u00f3n para el Trabajo) y, adem\u00e1s, contar con capacitaci\u00f3n en EBA del ciclo avanzado del Minedu o de las DRE\/UGEL o de Universidades o Institutos formadores de docentes en Educaci\u00f3n B\u00e1sica Alternativa, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 120 horas pedag\u00f3gicas, o contar con una especializaci\u00f3n en la modalidad de EBA.<br \/>\n\u2022 En la especialidad a la que (Educaci\u00f3n para el Trabajo) y contar con experiencia docente de al menos dos (02) a\u00f1os lectivos en EBA.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td class=\"t2\">24<\/td>\n<td>EBE<\/td>\n<td>Inicial \/ Primaria<\/td>\n<td>&#8212;&#8211;<\/td>\n<td>\u2022 Educaci\u00f3n B\u00e1sica Especial<br \/>\n\u2022 De nivel de Educaci\u00f3n inicial o primaria que acredita adem\u00e1s experiencia docente de al menos tres (03) a\u00f1os lectivos en EBE.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><\/center>&nbsp;<\/p>\n<div class=\"box-url-pdf\"><b><a href=\"https:\/\/www.edugestores.pe\/docs\/resolucion-de-secretaria-general-no-018-2017-minedu\/\">DESCARGAR NORMA T\u00c9CNICA R.S.G. 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