Skip to content

comunicaciones@edugestores.pe

Red Peruana de Gestores de la Educación

Red Peruana de Gestores de la Educación

Red Peruana de Gestores de la Educación

  • Inicio
  • Normativas
  • Biblioteca
  • Ejes
    • 〉Ed. rural
    • 〉Ed. de jóvenes y adultos
    • 〉EIB
    • 〉Gestión descentralizada
  • Regiones
    • 〉Apurimac
    • 〉Cajamarca
    • 〉Cusco
    • 〉Lima Metrop.
  • Mi Cuenta
    • 〉Mensajes
    • 〉Amigos
    • 〉Grupos
    • 〉Eventos
    • 〉Salir
  • Inicio
  • Normativas
  • Biblioteca
  • Ejes
    • 〉Ed. rural
    • 〉Ed. de jóvenes y adultos
    • 〉EIB
    • 〉Gestión descentralizada
  • Regiones
    • 〉Apurimac
    • 〉Cajamarca
    • 〉Cusco
    • 〉Lima Metrop.
  • Mi Cuenta
    • 〉Mensajes
    • 〉Amigos
    • 〉Grupos
    • 〉Eventos
    • 〉Salir

Minedu modifica reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

24 de septiembre de 20196 de octubre de 2019 AdministradorNoticias

Con el objetivo de generar procesos transparentes, con mayores oportunidades y beneficios para los maestros, el Ministerio de Educación (Minedu) modificó el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, que beneficia a más de 242 mil docentes a nivel nacional.

Con el D.S. N.° 014 -2019-MINEDU publicado hoy en el diario oficial El Peruano, habrá un incremento considerable de plazas para el proceso de reasignación de docentes y más oportunidades de desplazamiento para los maestros mediante un proceso simplificado y transparente, pues las plazas serán públicas para conocimiento de todos.

Así, la reasignación, que antes se hacía en tres etapas, ahora se hará en dos y en menos tiempo. Una etapa será en cada región y la otra entre regiones, y todo el proceso culminará en noviembre, antes del nombramiento de profesores nuevos, y no en diciembre, como ocurre ahora.

De esta manera, el cuadro de horas se hará cuando los profesores ya estén reasignados y se tengan los nombres de los docentes que van a trabajar en el centro educativo.

Por otra parte, el decreto supremo también modifica el proceso de racionalización de plazas, que antes se hacía entre marzo y junio. Ahora se hará entre marzo y mayo, pues al ordenarse las plazas, todos los procesos que siguen se harán sobre las plazas que realmente se necesitan.

Asimismo, para dar tranquilidad a los maestros que asuman cargos de mayor responsabilidad (directivos, especialistas, jefes de gestión pedagógica, etc.), la modificación agrega al reglamento el artículo 62.4, que establece que el último año del segundo periodo de designación del profesor que accede a estos cargos, la UGEL o la DRE deben reservar una plaza en el cargo inicial de carrera, de acuerdo al nivel y la modalidad del título pedagógico.

Esta reserva puede ser en el lugar donde termina su designación o en otro geográficamente cercano, e igual tratamiento recibirá el profesor que renuncie al cargo por decisión personal.

Otro punto importante de la norma es el que modifica el artículo que señala que solamente se pueden encargar determinados cargos. Ahora se podrán encargar todos los puestos, en tanto cuenten con la habilitación legal y presupuestal correspondiente.

Hasta hoy solo había dos tipos de encargatura: de puesto y de funciones. El decreto supremo crea un tercer tipo de encargo, llamado excepcional, por un periodo menor a 30 días en adición a las funciones que tiene el docente. Esta encargatura no genera derecho a recibir pago por diferencia de jornada o asignaciones.

De esta manera, se evitará la paralización del servicio, pues cuando un funcionario pide permiso o toma vacaciones por menos de 30 días, actualmente no hay nadie que firme documentos y se interrumpe la gestión.

Otro cambio importante del decreto supremo es que, para facilitar e impulsar la labor de monitoreo y acompañamiento pedagógico que corresponde realizar a los directores de Gestión Pedagógica y especialistas en Educación de las DRE y UGEL, estos ya no formarán parte de las comisiones especiales de procesos administrativos disciplinarios.

Tomado del Minedu

Facebook0Tweet0LinkedIn0Email0
LEER MAS

Navegación de entradas

Previamente: En 16 mil colegios rurales enseñan ‘docentes’ que solo tienen secundaria completa
Siguiente: Piura: estudiantes reclaman implementar protocolo de convivencia escolar

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Facebook Pagelike Widget
Facebook Pagelike Widget

Menú

  • Inicio
  • Normativas
  • Biblioteca
  • Ejes
    • 〉Ed. rural
    • 〉Ed. de jóvenes y adultos
    • 〉EIB
    • 〉Gestión descentralizada
  • Regiones
    • 〉Apurimac
    • 〉Cajamarca
    • 〉Cusco
    • 〉Lima Metrop.
  • Mi Cuenta
    • 〉Mensajes
    • 〉Amigos
    • 〉Grupos
    • 〉Eventos
    • 〉Salir

Edugestores | 2022
Share this ArticleLike this article? Email it to a friend!

Email sent!